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Gobierno
En Puebla se condona el pago completo de la tenencia siempre y cuando los conductores tengan subsanado el monto por el control vehicular
Autos sobre la Vía Atlixcáyotl, frente al CIS de Puebla
Foto: Gran Angular
El gobernador Alejandro Armenta envió al Congreso del estado la reforma para modificar la Ley de Hacienda de Puebla, a fin de que los poblanos paguen sus infracciones viales o de lo contrario no se les condonará el 100 por ciento de la tenencia vehicular.
En la actualidad se condona el pago completo de la tenencia siempre y cuando los usuarios tengan subsanado el monto por el control vehicular, lo cual está estipulado en la Ley de Ingresos.
Ante ello, el gobernador Alejandro Armenta, a través del coordinador de Gabinete, José Luis García Parra, remitió la modificación a la Ley de Hacienda de Puebla para establecer que el programa de condonación de la tenencia debe aplicar también para quienes hayan pagado sus infracciones viales, captadas por cámaras o algún dispositivo electrónico.
Asimismo, no deberán tener retrasos en el cargo de créditos fiscales que ofrece el gobierno del estado.
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“Precisar que para poder acceder al Programa de Apoyo del 100% en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, no se deben tener créditos fiscales pendientes de pago, provenientes de sanciones por infracciones captadas a través de cualquier dispositivo o medio tecnológico en las vías públicas de jurisdicción estatal”, dice en la iniciativa.
Con esto se busca reducir el número de morosos en el pago de infracciones viales que se generan en vialidades estatales.
Esta iniciativa está en análisis dentro de la Comisión de Patrimonio y Hacienda del Congreso del estado, por lo que aún no ha sido aprobada.
Otra de las modificaciones que incluye la propuesta del gobernador es reforzar los permisos a motociclistas.
La propuesta de reforma plantea establecer lineamientos específicos para la comercialización de motocicletas nuevas en el estado de Puebla.
De manera extraordinaria, se autoriza la circulación sin placas únicamente para el traslado de la unidad desde el establecimiento de venta hasta el lugar donde quedará resguardada.
Asimismo, se dispone que el registro vehicular deberá gestionarse, de preferencia, antes de que la motocicleta abandone el punto de venta. (MCJ)