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Las iniciativas pretenden reformar el Código Penal y la Ley de Salud
Foto: Gran Angular
En el Congreso del estado de Puebla existen tres iniciativas para despenalizar el aborto, las cuales pretenden reformar el Código Penal y la Ley de Salud; fueron presentadas por el grupo que encabeza Carlos Evangelista y por las diputadas Mónica Silva y Nora Merino Escamilla.
Este viernes 12 de julio la despenalización del aborto será discutida, analizada y en su caso aprobada por las comisiones de Procuración, Administración de Justicia y de Salud, a fin de que el lunes se presente ante los 41 diputados.
La reforma que se pretende realizar al Código Penal es a los artículos 340, 341, 342 y 342; fue presentada por los diputados de Morena, Carlos Evangelista, Iván Herrera, Yolanda Gámez, Daniela Mier y Angelica Cervantes, para no criminalizar a las mujeres que deseen interrumpir su embarazo.
En una segunda iniciativa, dichos diputados proponen reformar los artículos 2, 4, 62, 63 y 70 BIS de la Ley de Salud, a fin de que las mujeres puedan realizar la interrupción de su embarazo a las 12 semanas de gestación.
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Las reformas apuntan al artículo 340 del Código Penal del estado de Puebla, que establece una sentencia de uno a tres años de prisión a quien haga interrumpir un embarazo con consentimiento de la gestante, lo cual se quiere modificar con una sanción de 5 a 8 años para quien haga abortar sin consentimiento de la persona gestante.
El artículo 341 del Código Penal detalla que si es causado por un médico o partera, además de la prisión de uno a tres años se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su oficio o profesión.
Lo que se quiere modificar de dicho artículo es que ahora si el aborto forzado lo causare un médico, médico cirujano, comadrón o partera, enfermero, residente o practicante, además de las sanciones que le correspondan conforme a la presente sección se le suspenderá en el ejercicio de su oficio o profesión por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
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En cuanto al artículo 342 que dice se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, ahora se sancionará a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar una vez transcurridas las primeras 12 semanas del embarazo.
En el artículo 2 de la Ley de Salud se pretende agregar la fracción IX a fin de que se permita a las mujeres el derecho a decidir de manera libre e informada sobre el ejercicio de las maternidades.
Mientras que en el artículo 4 se pretende agregar que la prestación de servicios de educación sexual, salud sexual, reproductiva, de planificación familiar también deben contender la educación en cuanto a la interrupción legal del embarazo.
La iniciativa también especifica crear el Artículo 70 BIS, el cual especificará que “las instituciones públicas de salud del estado deberán proceder a la interrupción legal del embarazo en forma gratuita y en condiciones de calidad, en los supuestos permitidos en el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, cuando la mujer o persona con capacidad de gestar interesada así lo solicite”
Asimismo, existe una tercera iniciativa que presentaron las diputadas Mónica Silva Ruiz y Nora Merino Escamilla, quienes buscan reformar la Ley de Salud y el Código Penal para elimina por completo cualquier tipo de penalización contra la mujer que decida practicarse un aborto incluso hasta las 14 semanas.
Estas iniciativas fueron presentadas en 2020 y 2022; el Congreso del estado incluso realizó un parlamento de Derechos Sexuales, Derechos Reproductivos y Aborto Legal, con 122 participantes; sin embargo, no se tomó en cuenta ninguna propuesta y las iniciativas quedaron en la congeladora.
Sin embargo, en 2023 diversos colectivos lograron obtener un amparo a fin de que se habilitaran diversas clínicas y hospitales del gobierno para la realización de abortos, los cuales se han realizado en 7 nosocomios, como el de la Mujer. (MCJ)