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Medio Ambiente
La verificación vehicular en Puebla comenzó el 24 de octubre de este año, desde esa fecha y hasta el 31 de diciembre será obligatoria solo para el transporte público
Foto / Agencia Enfoque
La cancelación de la inspección técnica de las condiciones físico-mecánicas no afectará el desarrollo de la verificación vehicular en Puebla, informó el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta.
El 6 de noviembre se dio a conocer que la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad de la Secretaría de Economía federal canceló la aplicación de la Norma 236 que se había propuesto este mismo año y que sería efectiva a partir del 1 de diciembre de 2022 para vehículos que pesaran más de 3.8 toneladas.
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“La actividad en verificentros de verificar contaminantes en motores continua, no afecta en absolutamente nada, no vayan a pensar que con eso está suspendido”, recalcó el mandatario estatal en su conferencia matutina.
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La verificación vehicular en Puebla comenzó el 24 de octubre de este año, desde esa fecha y hasta el 31 de diciembre será obligatoria solo para el transporte público. A partir del siguiente año también los autos particulares deberán hacerla.
Estaba previsto que está nueva inspección fuera obligatoria a partir del 1 de diciembre de este año, sin embargo, se frenó porque podría afectar económicamente a las personas que usan unidades como parte de su trabajo.
Fue en mayo de este año cuando la misma Secretaría de Economía comunicó que el gobierno federal aprobó una nueva norma que obliga a revisar las condiciones físico-mecánicas de los automóviles que circulan en el país para garantizar la seguridad de los pasajeros y evitar accidentes.
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Lo anterior como parte de la norma oficial mexicana NOM 236 relativa a la verificación de condiciones físico-mecánicas de los vehículos automotores, cuyo peso no exceda las 3.857 toneladas.
En ese entonces la Secretaría de Economía detalló en el Diario Oficial de la Federación que los vehículos de uso particular deberán revisarse a los cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo y a partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año.