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TEEP prorroga suspensión de actividades hasta el 31 de mayo

Las labores deberán reanudarse el lunes 1 de junio de 2020

TEEP prorroga suspensión de actividades hasta el 31 de mayo

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla informó que se prorroga la suspensión de todas las actividades administrativas y jurisdiccionales, así como jurídico administrativas relacionadas con el derecho de Acceso a la Información, por ende, se declaran como inhábiles los días del período comprendido del 20 de abril al 31 de mayo de 2020.

Un comunicado del TEEP señala que de conformidad con el artículo 116, fracción IV, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 105, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, disponen que las constituciones y leyes de los estados deberán garantizar que las autoridades encargadas de la organización de las elecciones, y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones.

A fin de garantizar el derecho humano a la salud de todas las y los servidores públicos de este órgano jurisdiccional, así como de la ciudadanía en general con el objeto de evitar que siga aumentando el número de contagios del virus Covid-19, y de esta manera corresponder a los esfuerzos de contención que realizan las autoridades sanitarias del país y de la entidad, informa el Acuerdo General 03/2020:

Las labores deberán reanudarse el lunes 1 de junio de 2020, en el horario normal de 09:00 a 15:30 horas; salvo pronunciamiento que emita el Pleno previo análisis de las condiciones que comuniquen las autoridades sanitarias correspondientes en relación a la evolución del virus Covid-19, en ese momento.

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En consecuencia, de la suspensión antes descrita, no correrán plazos y términos procesales en los medios de impugnación que se encuentren en sustanciación, resolución y ejecución en este Tribunal Electoral; ni se llevaran a cabo audiencias o sesiones por parte del Pleno de esta instancia jurisdiccional, salvo en aquellos casos que el Pleno determine como urgentes pudiendo ser los siguientes: 1) Generar la posibilidad de un daño irreparable; 2) Se tengan que establecer medidas de protección por existir violencia política de género; siendo estos solamente enunciativos mas no limitativos, ya que será el Pleno quien realizara dicho análisis, por lo que no se recibirán documentos o promociones jurisdiccionales, por lo que durante el periodo señalado, permanecerá cerrada la sede que ocupa este órgano jurisdiccional electoral, así como el acceso al público.

La presente medida de ninguna manera constituye un periodo vacacional, por lo que, se les comunica a los servidores públicos del TEEP a permanecer resguardados en cada uno de sus hogares, a fin de evitar la propagación y contagio del Covid-19. Lo anterior, sin descuidar sus obligaciones laborales, mismas que se desarrollaran vía remota, atendiendo a las instrucciones de su superior jerárquico, señala el comunicado.

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