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Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en su artículo 103, aborda lo referente a censos económicos o encuestas en establecimientos
Foto / Agencia Enfoque
Del 2 al 27 de marzo se realiza el Censo de Población y Vivienda 2020 , por lo que ya es común ver a los encuestadores en las calles de México.
Pero qué pasa si alguien se niega a no responder el cuestionario que se estima tarda entre 12 y 13 minutos: En caso de que haya quien no quiera responder las 38 preguntas del encuestador, podría recibir una multa de más de 43 mil pesos.
Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en su artículo 103, aborda lo referente a censos económicos o encuestas en establecimientos y las sanciones que se aplican a quienes no respondan o den datos falsos.
Quien se niegue a proporcionar datos, informes o a exhibir documentos cuando debas hacerlo, el artículo 106, de la ley antes mencionada, la multa será de 5 hasta 500 (UMA's), es decir, la Unidad de Medida y Actualización, la cual a partir de febrero de 2020 tiene un valor de 86.88 pesos.
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Así las multan irían de 434.4 pesos hasta 43 mil 4040 pesos.
ARTÍCULO 103.-Cometen infracciones a lo dispuesto por esta Ley, quienes en calidad de Informantes del Sistema: