Seguridad
Suspende TSJ Puebla labores y términos procesales por Covid-19
La medida aplica a partir del 18 de marzo y hasta el 20 de abril de 2020
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El Poder Judicial del Estado de Puebla, a través del Consejo de la Judicatura, autorizó la suspensión parcial de labores como parte de un plan de seguridad ante la contingencia sanitaria derivada de la presencia del virus Covid-19, por lo que se asignarán guardias que no involucren mujeres embarazadas o personas mayores de 60 años.
El plan establece la suspensión de términos procesales a partir del día 18 de marzo, reanudándose el 20 de abril de 2020, salvo pronunciamiento que emita este Consejo de la Judicatura una vez analizadas las condiciones que comuniquen las autoridades sanitarias correspondientes.
Asimismo, se suspenden los servicios que prestan los órganos auxiliares del Consejo de la Judicatura, así como aquellos que dependen de la Dirección General de la Comisión de Administración y Presupuesto del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla.
El Poder Judicial informó que se atenderán los casos de excepción y urgencia de plazo constitucional en materia Penal y las relacionadas con la libertad personal, órdenes de protección en materia Familiar, y las urgentes que involucren niñas, niños y adolescentes, en caso de que la integridad de los menores se encuentre en riesgo.
Para los mismos se implementará una guardia con el personal estrictamente necesario bajo la coordinación de sus titulares, exceptuando a personas mayores de 60 años, personas con discapacidad, trabajadores con alguna enfermedad crónica degenerativa o sistema inmune comprometido y mujeres embarazadas o en lactancia.
En la caso de los empleados que sean padres y madres de niños en edad escolar, podrán ingresar a sus labores a las once horas garantizando que sus hijos tengan cuidados en ese periodo.
Por lo que hace a los Juzgados de oralidad penal y de ejecución del sistema procesal penal acusatorio, por cuanto hace al desahogo de las audiencias, presentación de promociones, consulta de expedientes y notificaciones, se ordena que las audiencias que deban desahogarse se llevarán a cabo sin público, a efecto de prevenir cualquier posible contagio.
Asimismo se determinó que para la actividad administrativa de los juzgados de oralidad Penal y de Ejecución, se realizará privilegiando el empleo de medios tecnológicos autorizados para ello; no obstante se podrán recibir de manera física en el área de atención al público de cada Juzgado.
Del mismo modo se ordenó que la consulta de las Carpetas Judiciales Administrativas será telefónicamente a través del número oficial de cada Juzgado o a través del personal administrativo encargado de ello, además de que dentro de las instalaciones judiciales no deben entablar contacto físico entre las personas, evitando saludos de mano y beso, así como mantener una distancia mínima de dos metros entre las personas.
Finalmente el Poder Judicial informó que se realizarán acciones de sanitización y desinfección patógena en las sedes del Poder Judicial, así como la entrega del material necesario para el cumplimiento de las recomendaciones señaladas, que incluyen cubrebocas y pañuelos para los empleados.