Miércoles, 20 De Mayo De 2026 | Puebla

Sociedad

Descartan diputados disolver municipios con baja población

En Puebla existen 170 municipios que tienen menos de 25 mil habitantes, y algunos menos de 500, según el último censo del Inegi

Descartan diputados disolver municipios con baja población

Representantes del PAN, PRI y PT aseguraron que desaparecer municipios por su baja población provocaría una falta de gobernabilidad al interior del estado, conflictos sociales y políticos.

Entrevistados por e-consulta, Jorge Aguilar Chedraui (PAN), Mariano Hernández Reyes (PT), Maritza Marín Marcelo y Silvia Tanús Osorio (PRI), señalaron que si bien la Ley Orgánica Municipal considera que un municipio debe tener al menos 25 mil habitantes, éste no es el único valor que se ocupa para que alcancen esa denominación.

Aguilar Chedraui, coordinador de la bancada del PAN, precisó que la legislación no sólo prevé el número de habitantes que deben tener los asentamientos, y que el considerar darle un nuevo estatus a 170 municipios de la entidad, los cuales reportan menos de 25 mil habitantes, implicaría debatir sobre condiciones políticas y sociales que deben abordarse de manera eventual para evitar una crisis social.

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Al igual que su compañero de legislatura, el petista Mariano Hernández Reyes defendió que antes de analizar el número de habitantes que concentran 170 ayuntamientos, lo que se tiene que privilegiar es la gobernabilidad de las demarcaciones.

Para las priístas Silvia Tanús Osorio y Maritza Marín Marcelo, hacer un reajuste en las denominaciones de los municipios generaría inconformidades entre los pobladores.

Marín Marcelo, quien será candidata a diputada federal del PRI por el distrito de Acatlán de Osorio, expuso que hacer cambios para cumplir con el criterio poblacional generar molestia entre la población, la cual crea identidad a partir de las regiones a la que pertenece.

De acuerdo con la Ley Orgánica Municipal en su artículo 13, para considerar la creación de un municipio se debe de tener un mínimo de 25 mil habitantes, que la superficie no sea menor de 100 kilómetros cuadrados, que haya una solicitud al Congreso del Estado, la cual debe tener el apoyo de tres cuartas partes de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, y que se demuestre que el probable ingreso fiscal sea suficiente para atender los gastos de la administración municipal.

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Para suprimir a los municipios, indica el artículo 14 de la misma legislación, se debe de comprobar que "carecen de los elementos necesarios para atender debidamente a su administración y prestación de los servicios públicos, a petición de tres cuartas partes de los ciudadanos" de dicha demarcación.

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