Política
Javier Lozano no cometió delito electoral en 2015: TEPJF
Movimiento Ciudadano lo acusó de promoción personalizada
Foto Agencia Enfoque (Archivo)
Por unanimidad de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) falló a favor del senador Javier Lozano Alarcón y confirmó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, relativa a que el servidor público no incurrió en promoción personalizada durante el proceso electoral de 2015, impugnación que fue promovida por el Partido Movimiento Ciudadano en abril del año pasado.
En el juicio de revisión constitucional SUP-JRC-45/2016, los magistrados que integran la Sala Superior declararon infundado el procedimiento sancionador contra Lozano Alarcón por presunta violación al artículo 134 de la Constitución derivado de una denuncia por promoción personalizada mediante un anuncio panorámico en el cual aparecía su nombre, imagen y los emblemas del Senado y del Partido Acción Nacional.
La determinación del órgano electoral derivó del juicio de revisión constitucional 729/2015 interpuesto por Movimiento Ciudadano, partido que advirtió que la sentencia aprobada en octubre por el TEEP era ilegal debido a la conformación del pleno.
El magistrado, Pedro Esteban Penagos López consideró que un anuncio donde aparece la imagen o nombre de un servidor público o bien el emblema del Senado o de un partido político no vulneran los principios de equidad e imparcialidad, por lo que no le dio la razón a Movimiento Ciudadano.
Asimismo, indicó que en el momento en que acontecieron los hechos (22 de abril de 2015), no había un proceso electoral en desarrollo en el estado de Puebla, en el cual pudiera influir la propaganda denunciada.