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Elecciones
El Partido del Trabajo pidió anular la votación de 49 casillas; los magistrados aprobaron modificar resultados sólo en 4
A pesar de anular 892 votos recibidos en 4 casillas del distrito 6 de Puebla, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría para Xitlalic Ceja García, abanderada de la coalición PRI-PVEM.
El juicio de inconformidad en contra del triunfo de Ceja García lo interpuso el Partido del Trabajo (PT) ante la Cuarta Sala Regional del TEPJF, con sede en el Distrito Federal.
El medio de impugnación se registró con la clave SDF-JIN-21/2015 y su estudio estuvo a cargo del magistrado Héctor Romero Bolaños.
En su queja, el PT se inconformó de irregularidades “graves, sistemáticas y dolosas” detectadas durante la sesión del cómputo, sin embargo al analizar el acta elaborada por el Consejo Distrital 6 del Instituto Nacional Electoral (INE), se comprobó que el partido no hizo alguna manifestación.
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“De las constancias se advierte que el partido actor no realizó manifestación o inconformidad respecto a la existencia de alguna irregularidad y sus argumentos iban encaminados a enaltecer el trabajo desarrollado en el Consejo Distrital”, se lee en la sentencia aprobada el pasado 9 de julio por los integrantes de la Cuarta Sala Regional.
Además, el PT–instituto que está en riesgo de perder su registro como partido político nacional– pretendió que el órgano jurisdiccional anulara la votación recibida en 49 casillas, al señalar como argumento del artículo 75 inciso 3 de la Ley de Medios de Impugnación, que refiere como causal de nulidad: “el recibir la votación por órganos distintos a los facultados por la autoridad administrativa electoral”.
Quejas infundadas
No obstante, en la ponencia del magistrado Romero Bolaños se declaró infundado el agravio en 44 de las 49 casillas impugnadas.
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En 9 de los 49 centros de votación se comprobó que se recurrió a llamar a los funcionarios suplentes al no presentarse los propietarios; en 20 casillas, ante la ausencia de los funcionarios, se pidió la asistencia de los ciudadanos que se encontraban en la fila para ocupar los lugares respectivos y se comprobó que pertenecían a la sección en la que fungieron como integrantes de las mesas de votación.
No obstante, el magistrado Romero Bolaños precisó que en cuatro de las 49 casillas impugnadas se confirmó que alguno de los integrantes de los centros de votación no fue “designado por la autoridad administrativa y tampoco apareció en el correspondiente listado nominal de electores de la sección”.
“La Ponencia propone anular la votación recibida en las casillas 1315 Contigua 1; 1338 Contigua 2; 1371 Contigua 1 y 1405 Extraordinaria 1 Contigua 1. Atendiendo a ello se propone modificar los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, realizados por el 06 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el estado de Puebla”, se precisa en la sentencia.
El PRI ratificó su triunfo
De acuerdo con los resultados de los Cómputos Distritales publicados en la página del Instituto Nacional Electoral (INE), en la casilla 1315 Contigua 1, la alianza PRI-PVEM logró 53 sufragios, mientras que el PT, uno; el total de votos fue de 209; en la 1338 Contigua 2, de los 199 votos totales, el PRI-PVEM obtuvo 53 y el PT, 3.
De la casillas 1371 Contigua 1, la votación registrada fue de 268 sufragios, de los cuales 3 fueron para el Partido del Trabajo y para la alianza PRI-PVEM, 78.
En tanto en el centro de votación 1405 Extraordinaria 1 Contigua, el resultado para el instituto de izquierda fue de 3 votos contra los 53 del PRI-PVEM, el total de sufragios fue de 216.
El acta final del cómputo distrital de diputados de mayoría relativa por el distrito 6 de Puebla –también publicada por el INE-, indica que el PT logró mil 873 votos contra los 29 mil 52 del PRI-PVEM.
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