Jueves, 21 De Mayo De 2026 | Puebla

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Defiende Díaz Palacios a los extranjeros armados en el país

El pleno de la Cámara baja aprobó con 288 votos a favor, 82 en contra y 9 abstenciones la nueva normativa

Defiende Díaz Palacios a los extranjeros armados en el país

México. D.F. Mientras legisladores de oposición califican como un atentado a la soberanía nacional permitir que agentes de otra nacionalidad transiten armados en territorio mexicano, el diputado poblano del PRI, Víctor Manuel Díaz Palacios, salió en defensa de que los extranjeros puedan portar armas de fuego en nuestro país.

En el marco de la discusión para reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos a fin de permitir que a determinados funcionarios extranjeros se les permita portar armas, legisladores de oposición pidieron no olvidar que en varias ocasiones los norteamericanos han matado con armas de fuego a nuestros connacionales y no sólo en territorio estadounidense, sino incluso en propio suelo mexicano.

Por lo que advirtieron que aprobar dicha reforma, sería una traición a la patria.

Pese a ello, el diputado poblano del PRI, Víctor Manuel Díaz Palacios, subió a la tribuna para defender que agentes extranjeros puedan andar armados en suelo mexicano, argumentando el principio de reciprocidad.

Negó que ello represente la pérdida de la soberanía mexicana, porque “los permisos de portación de armas para agentes extranjeros, aduaneros, de migración y de seguridad en visitas de alto nivel, tendrán carácter de temporal estableciendo un marco regulatorio muy claro, ya que se precisa que únicamente podrán llevar a cabo la portación del arma en lugares perfectamente establecidos para tal efecto, así como también se podrán cancelar los permisos extraordinarios en cualquier momento”, dijo.

Agregó que los servidores públicos extranjeros sólo podrán portar las armas que utilizan en su país de origen como parte del equipamiento asignado a la institución a la que pertenecen, siempre que se trate de revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático cuyo calibre no será superior a .40 o equivalente.

“Eso nos deja en claro que no se está dando una carta libre a agentes extranjeros. Se establece una regulación muy estricta y qué mejor que la misma queda a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional, quien será la encargada de aprobar los permisos, así como los mismos tendrán que ser solicitados por la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda o la Secretaría de Relaciones Exteriores, según sea el caso”, recalcó el legislador poblano.

El diputado Díaz Palacios resaltó que esta modificación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos se enmarca bajo el esquemas de cooperación internacional estableciéndose el principio de reciprocidad.

“Es decir, no sólo nosotros como país vamos a otorgar estas concesiones, sino que aquélla nación que tenga la intención de llevar a cabo la aplicación de alguna de estas medidas, de igual forma tendrá que permitir que nuestros agentes las apliquen en su territorio”, dijo.

Y explicó qué es lo que se busca con esta reforma:

Primero. Llevar a cabo la preinspección aduanera de mercancías por parte de autoridades aduaneras mexicanas en territorio extranjero y las autoridades aduaneras de otros países en territorio mexicano, con el objeto de facilitar y agilizar el tránsito de las mercancías entre dichos países.

Segundo. Permite la preinspección migratoria bajo la cual se llevará a cabo revisiones, documentales necesarias y consulta de datos aun antes de que el pasajero aborde la aeronave, trasladando la elegibilidad para el ingreso al país de destino de puerto de entrada a puerto de salida, haciendo mucho más eficiente los flujos migratorios.

Y en tercer lugar, permite regular el vacío que hoy existe en la ley en cuestión de seguridad que se brinda en los casos de visitas de jefes de gobierno, de Estado, Ministros o equivalente en visitas de alto nivel que se realizan a nuestro país, acompañados de agentes de seguridad.

Finalmente, el pleno de la Cámara baja aprobó con 288 votos a favor, 82 en contra y 9 abstenciones que se permitirá la aportación de armas de fuego a los siguientes funcionarios:

A funcionarios aduaneros mexicanos que desempeñen sus actividades en el extranjero y a funcionarios aduaneros extranjeros que se desempeñen en puntos de revisión aduanal en el territorio mexicano.

A funcionarios de migración mexicanos que desempeñen su actividad en el extranjero y a funcionarios de migración extranjeros que participen en la revisión migratoria en territorio mexicano.

Al personal de seguridad mexicano que acompañe a funcionarios en visitas de alto nivel a otros países y correlativamente al personal de seguridad extranjero que acompañe en México a funcionarios de alto nivel provenientes de otros países o de organismos internacionales que por la naturaleza de sus funciones o de su envestidura requieren de mecanismos especiales de protección y de seguridad.