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Sociedad
Sánchez Espinosa resaltó que el Código de Derecho Canónico impide a los sacerdotes apoyar a un candidato
Foto Agencia Enfoque
Ante las modificaciones a la Ley General en Materia de Delitos Electorales de la Cámara de Diputados, en las que ya no se sancionará a los ministros de culto religiosos que "orienten" el voto, el arzobispo de Puebla, Víctor Sánchez Espinosa, resaltó que los sacerdotes poblanos podrán emitir un comentario pero no llamar a sufragar por algún candidato.
Después de que el pasado 19 de junio la Cámara de Diputados aprobó con 420 votos a favor, nueve en contra y diez abstenciones un proyecto de reformas a la recién expedida Ley General en Materia de Delitos Electorales, con el fin de corregir lo que a juicio de los legisladores eran imprecisiones jurídicas, Sánchez Espinosa resaltó que el Código de Derecho Canónico impide a los sacerdotes apoyar a un candidato o participar en las elecciones locales.
"Yo creo que opinar sí. El Derecho Canónico nos pide no orientar el voto, no ser votados y ese será nuestro actuar. Podremos emitir algún comentario pero yo pienso que no se podrá ejercer una actividad partidista", destacó el líder de la grey católica en Puebla.
El dictamen aprobado por los legisladores prevé la imposición de una multa de cien a quinientos días de salario mínimo a los ministros de culto religioso que “presionen el sentido del voto"; sin embargo, suprimieron el término “orientar” el voto como causal de sanción para los ministros religiosos.
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Al mismo tiempo, se fijó una multa de entre cincuenta y cien días, así como prisión de seis meses a tres años a quien impida, “sin causa legalmente justificada”, la instalación o clausura de una casilla durante la jornada electoral.