Actualmente el tema de la seguridad se ha puesto en auge por múltiples acontecimientos tales como: los asesinatos de funcionarios públicos en la CDMX y Tamaulipas, los criminales que han tenido puestos públicos y la protección que se les ha dado en Tabasco, la privación de la libertad en Veracruz de una maestra que ha quedado impune, el chino y los cerditos fugados o los posibles vínculos de los delincuentes mexicanos detenidos en los Estados Unidos de América.
Veamos algo sobre el concepto de la seguridad:
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Seguridad pública: “La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4o. de esta Constitución...”, estas son las primeras líneas de un párrafo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se define el concepto.
Otros términos: En diversos artículos de la Constitución aparece la noción seguridad nacional y la de seguridad interior, el término de seguridad ciudadana no se encuentra en las páginas de la norma fundamental.
¿Seguridad pública y seguridad ciudadana son sinónimos? La respuesta es no y tampoco es sinónimo el concepto de seguridad humana, tienen naturaleza diferente cada uno.
La seguridad pública es una función del Estado y es indelegable. El actor central de esta actividad es el propio Estado a través de sus diferentes instancias gubernamentales. La seguridad ciudadana es un derecho que se tiene como parte de una sociedad y el Estado debe atenderlo con la participación de quienes ejercen este derecho. La primera se centra en el Estado y la segunda en el ciudadano.
Con estas concepciones las instituciones del Estado desarrollan políticas y líneas de acción diferentes para mantener la seguridad, tal vez la proximidad social sea un punto en común entre ambos conceptos.
Por todo lo anterior, emplear el término de seguridad ciudadana por parte de los órdenes gubernamentales está fuera de la Constitución y no puede ser sinónimo de lo establecido por la propia Carta Magna.