Miércoles, 20 De Mayo De 2026 | Puebla

OPINIÓN

Conteo de votos el día de la elección

La elección está en manos de las y los ciudadanos, confiemos en eso

Alejandra Gutiérrez Jaramillo

Comunicóloga por la Ibero Puebla. Experta en elecciones, género y comunicación política. Ex Consejera del Instituto Electoral del Estado de Puebla. Precursora del Observatorio de Participación Política de las Mujeres. Durante 18 años ha sido Consejera Electoral Local y Federal. Dirige la Consultoría Emphatheia.

 

Martes, Marzo 6, 2018

El día de la Jornada Electoral, que será el 1 de julio nos enfrentaremos al reto más importante del Proceso Electoral y será el funcionamiento de la Casilla Única por ser una elección concurrente, ya que elegiremos tres cargos a nivel federal y tres a nivel local; en una sola casilla emitiremos seis sufragios, hecho que representa una enorme responsabilidad para las y los funcionarios de casilla, que estarán encargados de contar los votos de seis elecciones. Por ser una Casilla Única, la Mesa Directiva de Casilla estará integrada por una Presidenta (e), dos Secretarias (os), tres Escrutadoras (res) y tres suplentes.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el Acuerdo INE/CG565/2017, en el que se reformaban diversos preceptos del Reglamento de Elecciones, modificando la regulación respecto a la apertura previa de urnas, al escrutinio y cómputo, al llenado de actas y al traslado de los paquetes electorales, con el objetivo de tener los resultados de la elección, de manera pronta. El INE pretendía que el llenado de las Actas de Escrutinio y Cómputo para la elección de Presidenta (e) de la República y de Gobernadora (or) se realizará de manera simultánea para contar con la información que se requiere para el Conteo Rápido; el cual, es un ejercicio estadístico que sirve para estimar las tendencias de la votación y las Actas de Escrutinio y Cómputo son el insumo que por ley, se utiliza para ese ejercicio.

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Dicha determinación del INE, fue revocada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), mandatando a la autoridad administrativa electoral apegarse al procedimiento de escrutinio y cómputo previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), de que el cómputo de la elección se debe realizar de forma simultánea, y el llenado de las Actas de cada elección se hará como lo marca la ley, hasta que finalice el escrutinio y cómputo de cada votación.

Por lo que, el INE planteó en el Acuerdo INE/CG122/2018, en el que estableció que la estimación de las tendencias de los resultados de la votación el día de la Jornada Electoral del 1 de julio de 2018, es decir, el Conteo Rápido se realice con base en los datos del Cuadernillo para hacer las Operaciones del Escrutinio y Cómputo en Casilla (Cuadernillo).

El Cuadernillo, es el medio que la norma prevé para que se consignen las operaciones de escrutinio y cómputo, por parte de las y los funcionarios de las Mesas Directivas de Casilla; en este instrumento se asientan los resultados de la elección, para más adelante transcribirlos en las Actas de Escrutinio y Cómputo respectivas.

Los instrumentos que existen para comunicar las tendencias de los resultados de la votación por personas físicas o morales son: encuestas de salida, sondeos de opinión y conteos rápidos no oficiales.

A la autoridad electoral, en el ámbito de sus facultades le compete: el Programa de Resultados Preliminares (PREP), encuestas nacionales y conteos rápidos institucionales, de ahí la importancia de contar con información que dé certeza jurídica a las y los ciudadanos para el Conteo Rápido. En el caso del PREP, los resultados fluirán conforme concluya el conteo de votos en las casillas.

Algo que es fundamental, es concientizarnos de que se trata de seis elecciones, que quienes contarán los votos son ciudadanas y ciudadanos que estarán desde muy temprano en la casilla, hasta el cierre de la votación; y serán ellas y ellos quienes harán el escrutinio y cómputo, así como el llenado de las Actas, ante la presencia de las y los representantes de los partidos políticos. Ese, no es un tema menor, debemos ser respetuosos, responsables y pacientes en la espera de los resultados de la elección, no especular, porque los resultados no fluyan de manera pronta, recordemos que el día miércoles siguiente a la Jornada Electoral, se realizan los cómputos oficiales en los 217 Consejos Municipales y 26 Consejos Distritales y el domingo siguiente a la elección en el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, se hará el cómputo de la elección a Gobernadora (or).

La elección está en manos de las y los ciudadanos, confiemos en eso, abonemos a una Jornada Electoral sin especulaciones, sin desinformación, eso es lo que todas y todos nos merecemos.

En Twitter @luza1975

Referencias:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Reglamento de Elecciones.

Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifican diversas disposiciones del Reglamento de Elecciones, en términos de lo dispuesto por el Artículo 441 del propio Reglamento.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-RAP-749/2017 y acumulados, se modifica el acuerdo INE/CG565/2017, que reformó diversas disposiciones del Reglamento de Elecciones.

Acuerdo del Consejo General de Instituto Nacional Electoral, por el que se determina que la realización del Conteo Rápido para la elección de titulares de los ejecutivos federal y locales para conocer la estimación de las tendencias de los resultados de la votación el día de la jornada electoral del 1 de julio de 2018, se realice con base en los datos del Cuadernillo para hacer las Operaciones del Escrutinio y Cómputo en Casilla.

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