El alcance mayor que tiene la sentencia del juez de distrito, en el amparo concedido a Simitrio, estableciendo la incompetencia de la juez de ejecución, la inaplicabilidad de la ley invocada y la ilegalidad de la actuación de la directora de sanciones de la Secretaría General de Gobierno, es la demostración de que en Puebla el ejercicio gubernamental del poder represivo no tiene límite en ley alguna; que se da de facto desde las formas de imputación, detención y en la imposición de sentencias sin proceso. La inocencia de los individuos no goza de consideración ni protección alguna frente al autoritarismo por más pregón que se haga de su presunción como derecho humano inviolable. Es el autoritarismo político el que pervierte la relación procesal penal entre acusador y acusado obligando, mediante el uso irracional de la prisión preventiva, a que sea éste último el que se vea obligado a acreditar su inocencia, considerándolo delincuente mientras no pruebe lo contrario. Este mecanismo puesto en marcha desde inicio de la gestión tiene, como secreta intención, que en Puebla reine un único espíritu: la sumisión como forma de mantener a las mayorías en condiciones análogas a la servidumbre. El trato diferenciado que el gobierno ha proporcionado al capital, con notabilísimas preferencias al de origen alemán, y a los sindicatos que en algún momento han levantado la defensa de los derechos laborales -HNP, CoBach, Sutissstep, VW, del Ayuntamiento de Puebla- comprueban el aserto.
De la misma forma en que el crecimiento delincuencial y la impunidad deben observarse a la luz del monopolio del ejercicio de la acción penal por el ministerio público como dependencia del ejecutivo; el tiempo procesal en el que puede demostrarse una inocencia, debe ser analizado desde la perspectiva de la eficiencia gubernamental para encarcelar seguida de la eficiencia judicial para resolver. Ambas son tareas de estado. Las personas deben padecer, por la fuerza, todos los estragos psicosomáticos y afectivos que genera la reclusión preventiva durante todo el tiempo en que, desde la prisión, se esfuerzan en justificar que no cometieron delito alguno. Ni El proceso de Franz Kafka sería ilustrativo de lo que ocurre en suelo poblano.
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En esta tarea de demostrar la inocencia, el trámite de los juicios de amparo promovidos por Simitrio, se encuentran ahora en un compás de espera propiciado por las propias autoridades locales y federales de dos maneras. Una, por la interposición de sendos recursos de revisión planteados por la Agente del Ministerio Público Federal y la Directora de Sanciones de la Secretaría General de Gobierno, respectivamente, contra la sentencia dictada el pasado 30 de septiembre, en el expediente 22/2015, por el Juez Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal. Aprovechando el viaje que por tales recursos tendrá el expediente, Simitrio también recurrió dicha resolución pidiendo que se amplíen los alcances de la sentencia hacia el gobernador y el secretario de gobierno. Dos, por la serie de dilaciones que viene dando la Juez Quinto de Distrito de Amparo en Materia Civil, Administrativa, de Trabajo y Juicios Federales, Adriana Matzayani Sánchez Romo, al amparo número 69/2015 que, presentado el día 29 de diciembre pasado, aún no se resuelve; y la audiencia constitucional –pospuesta ya en varias ocasiones- está señalada para el próximo 27 de noviembre.
No deja de ser un contrasentido o de plano un absurdo que los juicios de amparo puedan tener como objeto la protección del derecho humano de inocencia, vulnerado por un gobierno autoritario sin ningún sostén legal. En el procedimiento, más que protectores de derechos humanos o custodios de garantías constitucionales, los jueces de distrito son dosificadores de los tiempos procesales a conveniencia del poder político. En rigor, son parte de este poder. Mientras esos tiempos se alargan, los mecanismos extralegales de molestia, persecución y acoso contra los integrantes de la organización son atizados desde las esferas de gobierno estatal y municipal. Los métodos, formas y hasta los personajes utilizados no son novedosos, más bien se advierten anquilosados. Realmente no se aprecian diferencias sustanciales entre los modos de agresión…perdón…de gobierno entre Rafael Piña y Mariano Moreno en la historia de vida de Simitrio y la 28 de Octubre.
Una presunta remodelación física del Mercado Hidalgo subyace como telón de fondo para la “remodelación” emprendida a golpes de prisión contra esta combativa organización que se niega a achicarse frente al poder. A la infamia institucional en el manejo de “la aplicación de la ley” ha seguido, invariablemente, la bajeza de la generación artificial de conflictos utilizando otras organizaciones de vendedores ambulantes. Por lo bajo, desde un oscuro Rincón del gobierno municipal se azuzan líderes; se promueven ruedas de prensa o declaraciones públicas de falsos miembros de la 28 de Octubre; se induce la generación de incidentes de violencia en espacios comerciales legalmente ocupados por veintiocheros; se promueven minúsculas marchas de organizaciones progubernamentales que insultan y piden a la autoridad el encarcelamiento de los líderes visibles de la UPVA. Se busca fabricar la animadversión que permita presentar otra ola de represión -policial o encarcelamientos- como producto de “un reclamo social”. Maquiavelo-Goebbels redivivos. ¿Y cómo ocultar toda esta obra de sometimiento autoritario? Con la máscara de la filantropía y el erario puesto a la voluntad y disposición del jerarca.
Heroica Puebla de Zaragoza, a 22 de noviembre de 2015.
JOSÉ SAMUEL PORRAS RUGERIO