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OPINIÓN

Personas desaparecidas... desapariciones forzadas

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Lunes, Noviembre 24, 2014

“...desapariciones forzadas, es decir, que se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que éstas resulten privadas de su voluntad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así de la protección de la ley,...” (Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas­-  Asamblea General de Naciones Unidas, 1992.)

Al transitar por las calles caminando o en tu automóvil, al visitar un centro turístico, al estar de vacaciones, rumbo a tu trabajo, a la escuela de tus hijos, en un supermercado, en lugar de diversión, de antro con los amigos, al quedar atrapado en el tráfico y en tu propia casa; estamos en peligro de convertirnos en un número, una estadística… una persona desaparecida de manera forzada; una violación de los derechos humanos ante los ojos del mundo.

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El Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas revela en sus estadísticas 5,098 casos de desaparición en los primero 10 meses del 2014, siendo éste el año con mayor número de casos.

Las autoridades reconocen 22,610 personas desaparecidas del 2007 a la fecha, el 40% en la actual administración presidencial.

En el año 2012 fue el único en el que se registró un descenso de desapariciones forzadas.

Los estados con mayor número de personas desaparecidas son Tamaulipas, Jalisco y el Estado de México.

Hoy las asociaciones civiles han tomado la iniciativa, se unen las voluntades desde diferentes lugares para hacer un frente común, para proponer soluciones, para ayudar a las investigaciones encabezando las búsquedas, redactando programas de alerta, exigiendo soluciones e invitando a instancias internacionales para poner un alto a esta situación.

Cobra fuerza la opinión pública, padres propositivos, sociedad que apoya en la búsqueda de soluciones, que investiga, saca conclusiones y no deja de luchar por la justicia; cuestionan sobre las cifras de desaparecidos que ha presentado el gobierno, "Ha habido toda una serie de cifras que han sido confusas, no ha sido clara la metodología", comenta  Ximena Antillón, investigadora del centro de análisis Fundar. El protocolo Alba que se originó en Ciudad Juárez, La  Red Retoño de Prevención de Delincuencia Organizada, compuesta por 23 grupos civiles y Alerta Amber son algunos de los programas incluyentes de la sociedad civil, porque la sociedad es la fuerza de una nación.

El Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las desapariciones forzadas o involuntarias (GTDFI) visitó México del 18 al 31 de marzo de 2011. - El GTDFI observó el problema de la ausencia de una coordinación vertical y horizontal entre las autoridades, durante las reuniones con autoridades federales, se le explicó al GTDFI que algunas de las tareas relacionadas con la prevención, investigación, sanción y reparación de las desapariciones forzadas recaen en las autoridades estatales pero estas autoridades afirmaron que el Gobierno Federal era quien tenía la responsabilidad en  el combate al crimen organizado, el secuestro y las labores de seguridad en virtud de la presencia de la Policía Federal, el Ejército y la Marina.

La facultad de aprobar leyes penales es compartida por los Estados y el Gobierno Federal, hay algunos delitos que son de competencia exclusiva de la Federación. La desaparición forzada es un delito autónomo en el Código Penal Federal así como en la legislación penal de siete pero no utilizan la misma definición. La mayoría no incluye la posibilidad de que las desapariciones forzadas sean perpetradas por grupos organizados o particulares que actúen en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, autorización o aquiescencia. Y en la mayoría de las legislaciones Estatales queda excluida  la prescripción. En 2004, la Suprema Corte estableció que el plazo para que opere la prescripción en un caso de desaparición forzada “empieza a correr hasta que la conducta ilícita deja de consumarse, esto es, cuando el sujeto pasivo aparece (vivo o muerto) o se establece su destino.”

Tanto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que entró en vigor el 1 de julio de 2002, como la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada por la Asamblea General de la ONU el 20 de diciembre de 2006, establecen que, cuando como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido a cualquier población civil, se cometa una «desaparición forzada» ésta se calificará como un crimen contra la humanidad y, por tanto, no prescribirá. Se dará a las familias de las víctimas el derecho a obtener reparación y a exigir la verdad sobre la desaparición de sus seres queridos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tratados internacionales ratificados por México forman parte de la Ley Suprema de la Unión.

La Suprema Corte ha establecido que los tratados internacionales se encuentran jerárquicamente por encima de la legislación federal y estatal. Por su parte, la reforma constitucional en materia de derechos humanos cuya aprobación final por el Congreso de la Unión ocurrió durante la misión del GTDFI establece, en esencia, que los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales tienen jerarquía constitucional. La reforma también dota de mayor fuerza a las recomendaciones de los organismos públicos de derechos humanos.

El relator de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) para México, James Cavallaro, sostuvo que el gobierno no ha demostrado tener la capacidad para responder eficientemente en situaciones de desapariciones forzadas e impunidad. Después de oficializar el acuerdo a través del cual la CIDH brindará asistencia técnica en las investigaciones sobre la desaparición de los 43 jóvenes, el secretario ejecutivo de la CIDH, Emilio Álvarez Icaza, coincidió en que México debe reforzar su capacidad de prevención y respuesta a casos de desaparición forzada.

Así concluimos que la fuerza la tiene la sociedad unida, las voluntades que mueven a nuestro país recurriendo a cualquier organismo capaz de solucionar los problemas, como integrantes de ésta sociedad nos corresponde hacer nuestra parte desde cualquier lugar en el que nos encontremos, uniendo ganas y voluntades modificaremos nuestras realidades por el bien común.

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