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Publican reformas a Ley de Amparo en DOF: ya entran en vigor

La iniciativa la presentó la presidenta Claudia Sheinbaum el pasado 15 de septiembre

Publican reformas a Ley de Amparo en DOF: ya entran en vigor

Ley de Amparo: imagen ilustrativa

Foto: e-consulta

Ya se publicó la reforma a la Ley de Amparo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), correspondieron a los artículos 103 y 107 constitucionales, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Las modificaciones se aprobaron en lo general por el Senado con 82 votos a favor y 38 en contra, tan sólo siete horas después de que se recibió la minuta de la Cámara de Diputados.

Se publicaron en la noche de ayer y la nueva Ley de Amparo entrará en vigor este viernes 17 de octubre.

Respecto a las adecuaciones al sistema digital, se indicó un plazo de 180 días a partir de la publicación para realizar lo siguiente.

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Reformar a la Ley de Amparo: interés legítimo y desecho de recusación

La iniciativa de reformar la Ley de Amparo se propuso por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el pasado 15 de septiembre, mientras en la República se celebraban las fiestas patrias.

Acorde con el documento oficial que se publicó en la edición nocturna de ayer del DOF, principalmente se modificó lo siguiente.

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  • Artículo quinto sobre interés legítimo: la norma, acto u omisión reclamado deberá ocasionar en la persona quejosa una lesión jurídica individual o colectiva, real y diferenciada del resto de las personas
  • Artículo 59 sobre desecho de recusación: cuando se adviertan elementos que demuestren que su promoción se haya dirigido a entorpecer o dilatar el procedimiento en cuestión

¿Cómo quedó la retroactividad tras aprobar reforma a la Ley de Amparo?

El 16 de octubre la presidenta señaló que la última modificación al artículo Tercero relacionado con la retroactividad se mantuvo como el que presentó a Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea.

La retroactividad refiere a la aplicación de la nueva ley o norma a situaciones que sucedieron antes de que entrara en vigor.

“(Esta modificación es) prácticamente la misma propuesta que presentó el ministro en retiro Arturo Zaldívar”, afirmó en la Mañanera del Pueblo.

Indicó que la Ley de Amparo es procesal, por lo que este principio aplicará de la siguiente forma.

  • En las etapas ya concluidas del juicio de amparo que generen derechos adquiridos se regirán por las disposiciones vigentes al inicio de cada proceso
  • Las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de esta reforma estarán sujetas al nuevo decreto

La mandataria defendió que la reforma entera que se aprobó está sustentada en criterios previos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pese a que en días previos señaló que hubo adiciones que apuntaban a los inconstitucional.

Con información de La Jornada, Milenio, decreto de reforma y adición a la Ley de Amparo del DOF (JRLM)

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