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Nación
Se adicionó un principio de retroactividad, lo que es inconstitucional conforme al artículo 14 de la Carta Magna
Foto: e-consulta
Después de promover la reforma a la Ley de Amparo, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo se mostró inconforme hoy con una modificación adicional que incluyeron los senadores tras aprobarla, sin consultar al Poder Ejecutivo.
A las críticas de la mandataria se sumaron las de Ricardo Salinas Pliego, empresario con una deuda millonaria ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien publicó que ayer fue: “Otro día negro para la República”.
La modificación que señalaron ambas figuras políticas se trató de un artículo transitorio con principio de retroactividad en el juicio de amparo.
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Este principio refiere a la aplicación de la nueva ley o norma a situaciones que sucedieron antes de que entraron en vigor: en este caso, a la reforma aprobada ayer a la Ley de Amparo.
“Nosotros enviamos una iniciativa que no tenía ese agregado”, señaló Sheinbaum Pardo en la Mañanera del Pueblo, tras recalcar que no hubo razón para incluir el artículo transitorio sin consultarlo con el Ejecutivo.
Resaltó que las leyes no pueden tener retroactividad, pues sería inconstitucional por el artículo 14 de la Carta Magna; la Consejería Jurídica revisará las justificaciones para su adición.
El dictamen oficial que aprobaron las comisiones de Justicia, Hacienda y Estudios Legislativos estableció que no habría efectos retroactivos, para no perjudicar a los ciudadanos, acotó 24 Horas.
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El nuevo artículo transitorio de la Ley de Amparo ordenó la retroactividad de los más de 700 mil juicios de amparo en trámite.
Esta modificación se realizó de último momento por los senadores de Morena, cuyo coordinador es Adán Augusto López, funcionario con señalamientos por asociación delictuosa con el grupo criminal La Barredora.
La reforma se aprobó ayer con 76 votos a favor, la mayoría de los partidos de Morena, Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Partido de Trabajo (PT).
La reserva para agregar el principio de retroactividad se presentó ante el Pleno por el senador morenista Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, aunque ya se había excluido por la oposición y por tres comisiones federales.
“Lo que aquí discutimos no afecta derechos adquiridos porque no modifica la esencia del juicio de amparo”, señaló el funcionario ante el Pleno.
Justificó que el artículo transitorio precisará la naturaleza jurídica y asegurará la correcta aplicación de las normas.
“Otro día negro para la República. El partido único de estado cada día más cerca”, publicó la tarde de ayer Ricardo Salinas.
A las 17:54 horas el fundador de Grupo Salinas respondió a un usuario que señaló que, pese a las modificaciones a la Ley de Amparo, este sigue siendo débil y no protege a la ciudadanía del Estado o sus dependencias.
Más adelante el empresario deudor resaltó que la adición del artículo transitorio es, justamente, una aplicación retroactiva de la Ley de Amparo.
Esta ley es una herramienta jurídica para proteger a los ciudadanos de normas generales, actos u omisiones por parte de autoridades o particulares. (JRLM)