Jueves, 21 De Mayo De 2026 | Puebla

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Así puedes evitar el embargo del SAT y mantener tus cuentas al día

El Servicio ejecuta el embargo de cuentas bancarias al no liquidarse créditos fiscales firmes tras notificación

Así puedes evitar el embargo del SAT y mantener tus cuentas al día

Así puedes evitar el embargo del SAT y mantener tus cuentas al día

Foto: Composición e-consulta

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede embargar cuentas bancarias de personas físicas y morales en México cuando existe un crédito fiscal firme, determinado y no liquidado. Esta medida se aplica como parte de un procedimiento administrativo de ejecución para garantizar el cobro de adeudos tributarios, de acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF).

El embargo de cuentas bancarias se formaliza con una orden emitida por un ejecutor fiscal, que incluye el fundamento legal y la motivación de la medida. El artículo 151 del CFF señala que el embargo es procedente cuando la deuda fiscal ha sido notificada y no ha sido pagada ni garantizada en el plazo de 30 días hábiles.

Los créditos fiscales firmes se determinan cuando el contribuyente no presenta impugnación dentro del plazo legal o cuando el proceso de defensa ha concluido. El SAT debe acreditar que la deuda ha sido notificada y que el contribuyente no la cubrió ni la garantizó en tiempo. En este escenario, las instituciones financieras bloquean los fondos hasta cubrir el monto adeudado.

El embargo alcanza cuentas de cheques, nómina, ahorro, inversiones y otros instrumentos financieros en bancos autorizados. El SAT notifica a las instituciones financieras, que proceden a inmovilizar los recursos del contribuyente hasta que se liquide la deuda o se cubra el monto requerido.

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Existen excepciones a este procedimiento. Según el artículo 157 del CFF, son inembargables ciertos bienes indispensables para la subsistencia del contribuyente, como herramientas de trabajo esenciales para el desempeño de su actividad económica.

Los contribuyentes afectados por un embargo tienen derecho a interponer recursos legales para impugnar la medida. Pueden presentar un recurso de revocación ante el SAT, un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o promover un amparo si consideran que el embargo es indebido.

El SAT, creado en 1995 y operativo desde 1997, tiene la misión de aplicar la legislación fiscal y aduanera en México. El embargo de cuentas bancarias es una de sus herramientas para garantizar la recaudación tributaria y evitar la evasión fiscal. (LV)

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