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Atención Puebla, revisa vigencia y quién debe cumplir Ley Silla

La reforma laboral obliga a empleadores a proporcionar asientos a trabajadores que laboran de pie

Atención Puebla, revisa vigencia y quién debe cumplir Ley Silla

Foto: Meta

La Ley Silla, una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), entrará en vigor en Puebla el próximo 17 de junio de 2025.

Aprobada por unanimidad en el Senado de la República y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 19 de diciembre de 2024, esta normativa busca garantizar el derecho al descanso de los trabajadores que realizan sus labores de pie, proporcionándoles asientos con respaldo durante su jornada. Las empresas tendrán hasta el 14 de diciembre de 2025 para adaptarse a las nuevas disposiciones.

La reforma aplica para trabajadores del sector privado en comercio, servicios e industrias donde las labores no requieran permanecer de pie de manera constante. En Puebla, sectores como el comercio minorista, la hostelería y los servicios de seguridad serán los más impactados. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitirá normas específicas sobre los factores de riesgo asociados a trabajar de pie, con un plazo de 30 días posteriores a la entrada en vigor.

Víctor Mendiola, experto en derecho laboral, explica que esta ley responde a la necesidad de prevenir problemas de salud como fatiga, trastornos circulatorios y lesiones musculoesqueléticas. "Es un avance significativo en la protección de los derechos laborales, especialmente para quienes pasan horas en posiciones estáticas", señala.

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En Puebla, donde el comercio y los servicios concentran una parte importante de la fuerza laboral, la implementación de la Ley Silla podría mejorar las condiciones de miles de empleados. Sin embargo, algunos empresarios han expresado preocupación por los costos de adaptación. "Estamos evaluando cómo integrar estos cambios sin afectar la operatividad", comenta Juan Pérez, representante de una cadena de supermercados local.

Las empresas que incumplan la normativa enfrentarán sanciones administrativas y multas. Los trabajadores afectados podrán presentar quejas ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o la STPS. (LV)

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