Logo e-consulta

Miércoles, 13 De Mayo De 2026 | Puebla

Educación

CNDH pide modificar artículo de Ley BUAP

La fracción resaltada prohíbe que personas con antecedentes penales puedan ser rectores de la universidad

CNDH pide modificar artículo de Ley BUAP

Foto / Especial

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una acción de inconstitucionalidad en contra de la recién reformada Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP).

La fracción en cuestión prohíbe que personas con antecedentes penales puedan ser rectores de la universidad, sin hacer distinción entre las personas que actualmente enfrentan un proceso jurídico y aquellas que ya cumplieron su sentencia.

Te recomendamos: INE y BUAP firman acuerdo para fortalecer cultura democrática

En sesión de la Comisión Permanente, la presidenta de la Mesa Directiva dio lectura al oficio 22074/2023 que envió el secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, Juan de Dios Uri Téllez García.

Te puede interesar:

Ley de la BUAP: hoy reformas entran en vigor

El secretario remitió la impugnación iniciada por la CNDH, con la que se solicitó invalidar el Artículo 18, fracción XI, del nuevo ordenamiento. El tema será analizado por la Comisión de Educación.

Las noticias al momento: suscríbete al canal de Telegram de e-consulta

De acuerdo con la acción de inconstitucionalidad, promovida por María del Rosario Piedra Ibarra, presidenta de la CNDH, el requisito previsto por el Congreso de Puebla de “no haber sido condenado por delito doloso para acceder a la titularidad de la Rectoría de la BUAP” es excluyente.

El organismo público consideró que dicho lineamiento transgrede el derecho de igualdad de las personas que se encuentren en esa situación, “en virtud de que no existe una relación lógica y evidente entre la exigencia impuesta y las funciones de desempeñar en citado empleo público”.

Te puede interesar:

Rectora BUAP destaca trabajo de la Facultad de Ciencias Política...

“El artículo 18, fracción XI, de la Ley de la BUAP contiene un requisito discriminatorio que genera una diferenciación injustificada, exclusión, restricción o preferencia arbitraria e injusta para ocupar el empleo público aludido con base en la circunstancia de haber sido condenado en el pasado por la comisión de un delito doloso”, señala el documento.

Y continúa: “dicha distinción tiene como efecto obstaculizar el ejercicio del derecho a acceder a un cargo público de aquellas personas que buscan reintegrarse socialmente en igualdad de condiciones que las demás, por lo que ese Alto Tribunal Constitucional debe declarar su invalidez y expulsarlo del orden jurídico local”.

La CNDH, que pide modificar el artículo de la Ley BUAP, quedará pendiente de que los legisladores locales realicen una nueva revisión a las reformas publicadas en el Periódico Oficial de Puebla el 13 de junio de 2023 y se realicen las correcciones correspondientes.

TAGS