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Miércoles, 13 De Mayo De 2026 | Puebla

Elecciones

TEEP ratifica resultado en plebiscito de Caleras

El tribunal local también desechó quejas contra elección en La Resurrección

TEEP ratifica resultado en plebiscito de Caleras

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), ratificó el triunfo de Ángel Soto Limón como presidente auxiliar de San Jerónimo Caleras, tras declarar infundados los agravios que presentaron en su contra.

En sesión ordinaria de este jueves, el tribunal local votó por unanimidad declarar infundada la impugnación que iniciaron Juan José Mesinas Morales y Ulises García Flores, quienes integraban la planilla "Por la Grandeza de San Jerónimo" con el expediente TEEP-JDC-066/2022.

Los inconformes buscaban controvertir la sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Puebla en donde se entregó la constancia de mayoría tras la denuncia de presuntas irregularidades cometidas por la Comisión Plebiscitaria en los cómputos finales.

También acusaron que en la campaña de Ángel Soto se utilizaron elementos religiosos, la imagen de dos menores de edad y se llevó a cabo con recursos públicos.

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Sin embargo, en el estudio a cargo de la magistrada presidenta, Norma Angélica Sandoval Sánchez, se declaró la inexistencia de tales irregularidades.

“En su escrito de demanda no es posible desprender argumentos lógicos o jurídicos que pudieran suponer los actos de los que se duele”, dicta la sentencia.

En la investigación, Ángel Soto presentó la documentación en donde se acredita el permiso de los tutores para la aparición de los menores bajo consentimiento informado y tampoco hubo elementos jurídicos sustanciosos para acreditar el uso de recursos o imágenes religiosas.

El TEEP también desechó la impugnación TEEP-JDC-067/2022 presentada por Sabino Leonardo Báez Serrano de la planilla “Círculo Verde”, que también intentó controvertir el acuerdo del Ayuntamiento de Puebla en donde se aprobaron los resultados de los plebiscitos a favor de Adolfo Reyes Pérez Torres quien rindió protesta como edil auxiliar en La Resurrección.

En la resolución se determinó que el agraviado impugnó de forma extemporánea la convocatoria a los plebiscitos, además se intentó impugnar el acuerdo de Cabildo por el que se validaron los resultados de los plebiscitos en Juntas Auxiliares, antes de que se realizara el acuerdo en el Ayuntamiento de Puebla, por lo que no hubo agravios existentes.

Pese al resolutivo del TEEP, los agraviados mantienen la impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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