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Economía
El servicio por streaming aumentará el precio de sus servicios a partir de este 2020
Foto / Twitter
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Recientemente la plataforma de Netflix anunció que sus tarifas mensuales sufrirían un aumento debido al impuesto que tendrán que pagar distintas empresas extranjeras para ofrecer sus servicios digitales en México, lo cual iniciaría a partir de junio de 2020.
Una pregunta que se han estado haciendo algunos usuarios es si este servicio de streaming se puede facturar
Para iniciar, hay que decir que toda persona moral, es decir empresa, que preste uno o varios servicios en México y cobre impuestos por ello se encuentra obligado a declarar sus operaciones ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Por otro lado, la reforma fiscal para el ejercicio 2020 en cuanto a las obligaciones de los servicios digitales prestados por extranjeros dicta lo siguiente:
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Basándonos en lo anterior, un usuario pidió que se le hiciera un CFDI, documento para facturar en el SAT, para poder añadirlo a su declaración mensual, pero lo que ocurre con Netflix es que esta empresa puede emitir comprobantes de pago por servicio, sin embargo, éstos no tendrán un valor fiscal.
Más claramente, lo que Netflix puede hacer es únicamente emitir un comprobante del cobro mensual especificando el cobro de IVA, pero no un CFDI, ya que la prestación del servicio será considerada como una importación y el impuesto lo paga el usuario.
Pero el asunto no finaliza aquí.
De acuerdo con el SAT, no debe ser imposición de las compañías el hecho de cobrarles el impuesto a los usuarios, tal como lo ha hecho Prime Video, que no impondrá el IVA a los suscriptores de su servicio, o Uber, que cobrará el impuesto a conductores y no a usuarios.
Muy posiblemente existan más ajustes a la reforma presentada en diciembre de 2019 y que entra en vigor este 1 de junio de 2020, pero hasta el momento no se puede generar una factura tipo CFDI para presentarla en tu declaración mensual ante el SAT. Habría que esperar un comunicado oficial de la compañía.
Cabe mencionar que el SAT exhortó a las plataformas digitales residentes en el extranjero sin establecimiento en territorio nacional a cumplir oportunamente con las obligaciones señaladas la legislación, además de invitar a los contribuyentes a que se informen a través de canales oficiales respecto de las implicaciones fiscales de las disposiciones que entrarán en vigor a partir del mes de junio.
Foto: Twitter / @joselcs