Viernes, 22 De Mayo De 2026 | Puebla

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Juez autoriza que la PGR consigne investigación contra Manuel Barreiro

En la carpeta aparece el nombre de Ricardo Anaya Cortés, candidato de la coalición Por México al Frente y es el centro de la investigación

Juez autoriza que la PGR consigne investigación contra Manuel Barreiro

Un juez autorizó que se consigne la carpeta de investigación en contra de Manuel Barreiro Castañeda, su esposa Ana Paula Ugalde y el empresario Juan Pablo Olea Villanueva.

En la carpeta de investigación podría aparecer el nombre de Ricardo Anaya Cortés, candidato presidencial de la coalición Por México al Frente y es el centro de la investigación.

Ricardo Anaya compró un terreno en 10 millones de pesos y posteriormente lo vendió en 54 millones de pesos.

El empresario Manuel Barreiro habría diseñado una estrategia para mover capitales por algunas partes del mundo y comprarle la propiedad aRicardo Anaya.

Juan Carlos Reyes García es dueño de la empresa Master Plan Development, la cual habría comprado una bodega en un parque industrial que pertenecía a Ricardo Anaya.

El martes 6 de noviembre, Ricardo Anaya exigió que la Procuraduría General de la República (PGR) ya dejara de hostigar a la coalición Por México al Frente.

El candidato presidencial panista aseguró que su candidatura se encontraba bajo un ataque mediático que organizó el gobierno federal.

“Lo he dicho con absoluta claridad y aprovecho esta oportunidad para reiterar mi exigencia de que cese ya este hostigamiento a través de la PGR en contra de nuestra coalición, que el presidente de la república saque las manos del proceso electoral y permita que sean los mexicanos quienes en absoluta libertad decidan quién sea el próximo presidente de México”.

El juez federal Leopoldo Vargas afirmó en su sentencia que negó la solicitud de amparo porque si lo hubiera aceptado habría trastocado el ordenpúblico y el interés social.

“Los artículos 128 y 150, de la Ley de Amparo, establecen que la suspensión del acto reclamado procede: a) cuando sea solicitada por el quejoso; b) cuando no se siga perjuicio al interés social, ni se contravengan disposiciones de orden público. c) cuando, de no otorgarse, con la continuación del procedimiento en el asunto, se deje irreparablemente consumado el daño o perjuicio que pueda ocasionarse al quejoso”.

“En esas condiciones, no se cumple con la exigencia mencionada en el inciso b), ya que de concederse la suspensión provisional, implicaría trastocar el orden público y el interés social”.

Crédito de la foto

Proceso

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