Sábado, 16 De Mayo De 2026 | Puebla

Política

Amplía Rivera juicio de amparo tras notificación de embargo de SFA

El Juez Tercero de Distrito dio un plazo de cinco días para que el exalcalde especifique el acto reclamado, la autoridad encargada y enliste los bienes incautados

Amplía Rivera juicio de amparo tras notificación de embargo de SFA

Foto Agencia Enfoque

Tras la notificación de embargo a su propiedad, Eduardo Rivera Pérez presentó una ampliación de juicio de amparo, el cual a solicitud del Juez Tercero de Distrito le da un plazo de cinco días al exalcalde de Puebla para que especifique la autoridad que se encargó de ejecutar la acción y que enliste los bienes que podrían verse afectados.

Lo anterior formar parte del acuerdo que el 13 de julio tomó el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales, y el cual corresponde al juicio de amparo 943/2017.

“Requiérase al promovente para que dentro del término de cinco días, contado a partir del siguiente al que surta efectos la notificación del presente proveído realice los siguientes actos: precise el acto que en específico reclama en la presente instancia constitucional de cada autoridad (…) precise los bienes inmuebles de su propiedad respecto a los cuales afirma en su escrito de ampliación de demanda, recayó el embargo que señala como nuevo acto reclamado”, se precisa en el acuerdo que se publicó en el portal del Consejo de la Judicatura.

La notificación de embargo que la Secretaría de Finanzas y Administración realizó a Rivera Pérez deriva de la sanción económica por 25.5 millones de pesos que el 7 de abril el Congreso del Estado aprobó como parte del dictamen de fiscalización de la cuenta pública 2013 del Ayuntamiento de Puebla.

Te puede interesar:

RMV, un peligro para México, dice Manzanilla tras embargo a Rive...

Además de imponer la multa, la LIX Legislatura validó una inhabilitación por 12 años para ocupar un cargo público.

El aviso de embargo que la SFA realizó, se hizo público luego de que el 30 de junio se dio a conocer que el Juez Tercero de Distrito determinó que la inhabilitación de 12 años que el Congreso aprobó en contra del panista no se inscribiría en el Registro Estatal y Nacional de Servidores Públicos Sancionados.

Dicha determinación fue parte del segundo juicio de amparo (943/2017) que Rivera Pérez promovió ante el poder judicial, y el cual es una medida cautelar mientras se dicta sentencia al primer proceso de protección que emprendió en marzo pasado.

Ese juicio de amparo, identificado con la clave 553/2017, el exalcalde de Puebla se inconformó por los plazos en los que el Congreso del Estado y Auditoría Superior del Estado (ASE) le respondieron sobre el Inicio de Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades (IPADR) por su cuenta pública 2013.

Te puede interesar:

Ante embargo de SFA, Rivera alista amparo y acusa nuevo ataque

[relativa1]

[relativa2]

TAGS