Viernes, 22 De Mayo De 2026 | Puebla

Política

En tribunal federal PAN y MC reclaman por prerrogativas disminuidas

Por su parte, el PSI presentó un juicio contra la sentencia de pérdida de registro como partido político estatal por haber conseguido solamente 1.93 por ciento del total de los sufragios de la elección de gobernador

En tribunal federal PAN y MC reclaman por prerrogativas disminuidas

Los partidos Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano (MC) y Pacto Social de Integración (PSI) presentaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tres juicios de revisión constitucional en contra de la sentencia con el que el tribunal local modificó el financiamiento público y confirmó la perdida de registro como partido político.

Las impugnaciones se admitieron por la Sala Superior del TEPJF, se registraron bajo las claves SUP-JRC-65/2017 (PAN), SUP-JRC-64/2017 (MC) y SUP-JRC-60/2017 (PSI), y estarán a estudio del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.

En el caso de Acción Nacional, el recurso es contra la sentencia que el 2 de marzo aprobó el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) disminuyó el monto total de sus prerrogativas al pasar de 61.2 a 37.3 millones de pesos.

En tanto, Movimiento Ciudadano (MC) se inconformó por la determinación de los magistrados de retirarles los 15 millones 976 mil 723 pesos que se le asignaron de financiamiento público para este año.

Los integrantes del TEEP determinaron que el partido de izquierda no podría recibir financiamiento como lo sustentaba el acuerdo 12/2016que validó Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE), al considerar éste es inconstitucional.

La resolución tomada por los consejeros electorales permitía a Movimiento Ciudadano gozar de financiamiento público para este año, pese a que no registró candidato a la elección a gobernador.

PSI peleará por mantener el registro como partido político

Aunque el tribunal local confirmó la pérdida de registro como partido político, Pacto Social de Integración (PSI) intentará que la Sala Superior del TEPJF revoque la sentencia aprobada por los magistrados.

El instituto político que dirige Carlos Navarro Corro no conservó el estatus como partido, debido a que sólo obtuvo 35 mil 731 votos, lo que representó el 1.93 por ciento del total de los sufragios de la elección de gobernador del estado.

De acuerdo artículo 69 de Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep), en su fracción I establece como causal de pérdida de registro como partido político estatal el no haber obtenido el porcentaje mínimo de votación, el cual se fijó en 3 por ciento.