Domingo, 17 De Mayo De 2026 | Puebla

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Aprobarán ley para juzgar por homicidio aún sin cadáver

La también llamada Ley Paulina Camargo se presentó hace cuatro meses; los grupos parlamentarios discreparon en torno a la reforma al artículo 132 del Código Penal pero finalmente dieron su aval

Aprobarán ley para juzgar por homicidio aún sin cadáver

Tras cuatro meses de ser presentada, la iniciativa de reforma denominada ley “Paulina Camargo” será aprobada por los diputados del Congreso local este miércoles durante la sesión ordinaria, confirmó el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, de la LIX Legislatura, Jorge Aguilar Chedraui.

En entrevista, el legislador de Acción Nacional, comentó que el documento será votado en la sesión luego de que todos los grupos legislativos estuvieran de acuerdo en el análisis previo.

Recordó que la iniciativa incluye modificar el artículo 132 del Código Penal, para que se proceda por el delito de homicidio contra el probable responsable aunque no se encuentre el cadáver.

Manifestó que una vez que se apruebe en el Pleno, solicitará al gobierno del estado que se publique “a la brevedad” en el Periódico Oficial del Estado.

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“Las votaciones importantes tienen que ver con el delito de homicidio sin cadáver. Finalmente se logró dictaminar con el acuerdo de todos los grupos legislativos. Implica modificar el artículo 312 para que se proceda por el delito de homicidio al probable responsable aunque no se encuentre el cadáver, si la investigación arroja que pueda acreditarse el cuerpo del delito”, dijo.

A finales del mes de octubre, los legisladores panistas impulsaron la iniciativa de reforma al artículo 312 del Código Penal para evitar que los asesinos queden en libertad ante la falta del hallazgo del cadáver.

Lo anterior se dio por el caso de la joven Paulina Camargo, quien se encuentra desaparecida desde agosto de 2015 y cuyo probable responsable, José María Sosa Álvarez, está encarcelado aunque con posibilidades de salir libre en cualquier momento.

Sin embargo, el abogado Alberto Zenteno Meza afirmó que era técnica y jurídicamente imposible que una persona sea sentenciada por el delito de homicidio sin la existencia de un cadáver.

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