Te puede interesar:
Ratifica TEPJF multa a medio por spots del informe de RMV
Política
Al obtener la representación, el órgano comicial deberá de otorgar prerrogativas a este instituto y al Partido Humanista
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó “de manera inmediata” al Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla acreditar a los partidos nacionales Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y Humanista (PH).
La determinación de los magistrados de la Sala Superior es consecuencia de los juicios de revisión constitucional SUP-JRC-468/2014 y SUP-JRC-471/2014 que promovieron ambos institutos políticos, para impugnar el acuerdo que el 28 de noviembre aprobaron cinco de los siete consejeros electorales locales de no otorgarles acreditación ante el Consejo General del IEE.
Los integrantes del IEE basaron su decisión en el artículo 31 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep), el cual determina que los partidos nacionales podrán solicitar su representatividad en enero del año electoral local, es decir, en 2016.
Sin embargo, para los magistrados Constancio Carrasco Daza y Salvador Olimpo Nava Gomar, la determinación de los consejeros electorales fue una “interpretación inexacta” del apartado del Coipeep.
Te puede interesar:
Ratifica TEPJF multa a medio por spots del informe de RMV
“Se considera que la validez del registro de un partido político nacional no puede válidamente estar condicionada a su acreditación en el ámbito estatal, hasta que se aproxime la celebración de un proceso electoral local, para efectos de gozar de las prerrogativas que se prevén para los institutos políticos en la legislación local; entre ellas, el otorgamiento de financiamiento público para sus actividades ordinarias permanentes y el derecho a nombrar representantes ante la autoridad administrativa electoral local, dada la garantía de permanencia de los partidos políticos en general, es decir, tanto nacionales como locales, en cuanto entidades de interés público y dados los fines constitucionales que tienen asignados”, señala la ponencia de ambos magistrados.
Los integrantes de la Sala Superior coincidieron en que Morena y el Partido Humanista –los cuales obtuvieron su registro como partidos políticos nacional el 9 de julio de 2014- estaban en su derecho de acreditarse ante el IEE en cualquier momento y, que una vez que obtuviera la representatividad pudieran acceder a las prerrogativas y nombrar a sus representantes.
Sin embargo, la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa se manifestó que no estaba de acuerdo con el proyecto y que emitiría su voto en contra.
En su intervención, Alanís Figueroa refirió que el permitir la acreditación de los partidos, se opone a la “libertad configurativa de las legislaturas en los estados”, lo que implica que los Congresos pueden establecer la temporalidad para la representación de los institutos políticos y las bases para participar en los procesos electorales locales.
Te puede interesar:
Acusa AMLO a RMV de negar el registro a Morena en Puebla
La magistrada defendió su negativa de apoyar las resoluciones de los magistrados Nava Gomar y Carrasco Daza, al sostener que el permitir la acreditación de Morena y el Partido Humanista pondría en “desventaja” a las organizaciones de ciudadanos que buscan el registro como instituto político local.
Pese a utilizar dicho argumento, Alanís Figueroa reconoció que no tenía certeza si organizaciones de ciudadanos pretendían registrarse como partidos políticos.
Además, refirió que el permitir la acreditación a Morena y el Partido Humanista, sin que hayan probado la fuerza política en una elección local, implicaría la entrega de 8 millones de pesos por concepto de financiamiento público.
“Concederles prerrogativas a los partidos con nuevo registro en las entidades federativas en las que no hay un proceso electoral local, para mí, implica otorgarles, sin que hayan participado ni probado su fuerza electoral en el Estado, alrededor de ocho millones de pesos de financiamiento público estatal”.
Por más de una hora, los integrantes de la Sala Superior del TEPJF discutieron las sentencias propuestas por Nava Gomar y Carrasco Daza, quienes en su oportunidad defendieron los proyectos y advirtieron que los consejeros no “leyeron” e “interpretaron” bien el artículo 31 del Coipeep.
Tras la votación, el presidente de la Sala Superior, Alejandro Luna Ramos expresó que el IEE debe acreditar de manera inmediata a Morena y al Partido Humanista.