Jueves, 4 De Junio De 2026 | Puebla

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Congreso desobedece al INE y no sanciona a Moreno Valle

Los diputados no cumplieron con la orden del INE de penalizar al mandatario por promocionar su imagen en otros estados

Congreso desobedece al INE y no sanciona a Moreno Valle

Foto Agencia Enfoque

El Congreso del Estado dejó pendiente la sanción que el Instituto Nacional Electoral (INE) le ordenó aplicar al gobernador Rafael Moreno Valle, por la promoción extraterritorial de su tercer informe de gobierno.

Fue el 22 de octubre cuando el Consejo General del INE validó penalizar al mandatario de extracción panista, por violentar el artículo 134 de la Carta Magna, el cual establece que se prohíbe la difusión de propaganda que incluya la imagen o símbolos que impliquen una promoción personalizada del servidor público.

Aunque el INE ordenó a los integrantes de la LIX Legislatura sancionar a Moreno Valle, los diputados no informaron sobre la notificación de la resolución del INE, ni enlistaron el tema en las sesiones ordinarias del tercer periodo ordinario, el cual concluyó el 15 de diciembre.

Sanción a Marcelo García Almaguer

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Además de Moreno Valle, el órgano central comicial aprobó penalizar al ex director de Comunicación del Gobierno de Puebla, Marcelo García Almaguer, actual vocero del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, y multar con 240 mil pesos a un grupo de 16 estaciones de televisión que transmitieron los anuncios del tercer informe de gobierno.

El INE también pidió al Instituto Electoral del Estado (IEE) analizar el tema y emitir una resolución sobre la conducta del mandatario.

Sin embargo, el 30 de octubre los consejeros electorales aprobaron exonerar a Moreno Valle, debido a que la promoción hecha en otros estados no tuvo la intención de obtener el voto.

El acuerdo del IEE señala que: “no se puede configurar como promoción personalizada por no contener ésta los elementos que la conforman, de igual forma no se acredita que se asocien logros de gobierno con el servidor público y ni elementos por los cuales se pueda advertir de hacer del conocimiento de la ciudadanía alguna intención de acceder a un puesto de elección popular o en su caso de acompañar a la propaganda denunciada expresiones que busquen la obtención del voto a favor o en contra de algún partido político o se haga referencia a algún proceso electoral”.

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