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Salud
En el Consejo Estatal de Salud se prevé un espacio para un representante, quien llegará por invitación del secretario del ramo
Por invitación del Secretario de Salud, los hospitales privados podrán contar con un lugar en el Consejo Estatal de Salud, tendrán derecho a voto en temas como proponer esquemas de financiamiento, formular propuestas para homologar la prestación de los servicios de salud en el estado y opinar en la evaluación de programas de las instituciones médicas.
Así lo establece el capítulo III titulado “Del Consejo Estatal de Salud y Participación Ciudadana”, propuesto en el anteproyecto de Ley de Salud que impulsa el diputado panista Jorge Aguilar Chedraui.
De acuerdo con declaraciones anteriores del legislador local, uno de los puntos centrales de la iniciativa que propone es el dar certeza jurídica al Consejo Estatal de Salud, instancia que opera por decreto del gobernador Rafael Moreno Valle desde el 29 de julio de 2011.
Representante privado por invitación
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En el documento se establece que el Consejo Estatal de Salud es una “instancia permanente de coordinación entre instituciones públicas y privadas que conforma el Sistema Estatal de Salud, y que dentro de sus funciones estará el apoyar la planeación, programación y evaluación de los servicios de salud del estado”.
La coordinación del Consejo Estatal de Salud dependerá de la Secretaría de Salud, oficina de la que Aguilar Chedraui fungió como titular de febrero de 2011 a marzo de 2013 y que hoy es encabezada por Roberto Rivero Trewartha.
En cuanto a los miembros, el anteproyecto señala que serán 18 funcionarios de nivel estatal y federal, así como un representante de un hospital privado, a quien se incluirá por invitación directa del presidente ejecutivo.
Los miembros secretarios estatales y federales, así como del sector privado asumirán la función de vocales o miembros permanentes.
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El Consejo Estatal de Salud lo encabezará el mandatario estatal, quien fungirá como “presidente honorario”, mientras que el secretario de Salud asumirá la función de “presidente ejecutivo” y tendrá la facultad de nombrar al “secretario técnico”.
Del sector estatal serán nombrados como vocales: el Secretario de Educación Pública, el titular del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla, el titular de los Servicios de Salud del Estado, el director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla; el director general del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, y el Comisionado de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico.
Los integrantes del Consejo Estatal de Salud de nivel federal serán: un representante de la Secretaría de Salud federal, los delegados estatales del Instituto México del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, de la Secretaría de Defensa Nacional y el Coordinador Regional del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
Otros sectores que serán invitados directos del presidente ejecutivo son: un representante de algún hospital privado del estado, un representante de una institución de educación superior del estado, que imparta estudios que tengan relación con el Sistema Estatal de Salud, un representante de la delegación en Puebla de la Cruz Roja Mexicana y el presidente de alguna asociación o sociedad médica formalmente constituida con domicilio en el estado.
Sin embargo, la propuesta no establece qué requisitos o criterios se considerarán para que el secretario de Salud, en su carácter de presidente ejecutivo del Consejo Estatal de Salud, haga la invitación al representante de los hospitales privados, ni al presidente de alguna asociación o sociedad médica que esté constituida.
Sector privado tiene voz y voto
Respecto a las funciones que asumirá el representante del sector privado, el anteproyecto señala en el artículo 23 un total de 13 aspectos en los que los vocales tendrán derecho a voz y voto.
De las funciones, destaca que el representante de los hospitales privados podrá votar en temas como “formular recomendaciones para la unificación de criterios que permitan el correcto cumplimiento de los programas de salud pública a las acciones que se consideren estratégicas”, “formular propuestas para homologar la prestación de los servicios de salud en el estado y favorecer la integración funcional así como la prestación coordinada de servicios”.
Además de: “opinar de la evaluación de los programas de las instituciones de salud que operen en el estado”, “estudiar y proponer esquemas de financiamiento complementario para la atención de la salud pública”, sin embargo el apartado no define bajo qué tipo de mecanismo se logrará contar con recursos.
Otro punto que destaca en la iniciativa de Aguilar Chedraui es el apartado 24, el cual indica que el funcionamiento del Consejo Estatal de Salud se “sujetará” al reglamento que expedirá el gobernador del estado.
En cuanto a la periodicidad con la que sesionará el Consejo Estatal de Salud, el numeral 22 propone que se establezca en el reglamento, pero advierte que cuando menos deben ser cuatro reuniones al año.