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Seguridad

Juez niega amparo a maestros que se oponen a Reforma educativa

Asegura que las leyes secundarias no contravienen los derechos de los docentes

Juez niega amparo a maestros que se oponen a Reforma educativa

Foto Agencia Enfoque

El Consejo de la Judicatura Federal informó que el Juzgado Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, negó el amparo a un grupo de maestros que se opusieron a las leyes secundarias de la reforma educativa.

En un comunicado, la institución dio a conocer que el juez sobreseyó el expediente 415/2013, con el argumento de que la Ley General de Servicio Profesional Docente, la Ley General de Educación y la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, que reglamentan la Reforma Educativa publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013, no contravienen los derechos de los profesores consagrados en la Constitución Federal ni los tratados internacionales.

De acuerdo con el juez, las normas secundarias de la llamada reforma educativa tienen como finalidad dar cumplimiento al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que la educación que imparta el Estado debe de ser de calidad.

El juez también determinó que las nuevas normas no violan los derechos adquiridos por los profesores con anterioridad, porque sus efectos siempre serán hacia el futuro, nunca hacia el pasado. Además, tampoco se desconocen sus derechos laborales en los cargos que desempeñan o en sus contratos, ni en sus prerrogativas: sueldo, aguinaldo, vacaciones, entre otras.

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Respecto a la carrera magisterial, precisó que ni la Constitución federal ni los tratados internacionales establecen que por el simple deseo de querer trabajar en un lugar se adquiere el derecho humano de ingresar a él, o por haber realizado algunos estudios o ser seleccionado por alguna asociación sindical o mediante la “venta” o “herencia” de plazas.

En cuanto a la estabilidad en el empleo, consideró que las leyes secundarias la protegen a cabalidad, porque prevén la existencia de nombramientos definitivos, según disponen las leyes laborales.

El juzgador puntualizó que "las evaluaciones obligatorias no violan los derecho humanos de los quejosos, ya que el Congreso de la Unión estableció un mecanismo razonable para lograr, en la medida de la posible, la permanencia en las funciones docentes."