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Política
Los magistrados señalaron que en la propaganda de la coalición 5 de Mayo no se advierte el uso de imágenes religiosas
Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia que el TEEP emitió el 31 de octubre sobre la elección en el municipio de Rafael Lara Grajales, con lo cual le regresó el triunfo a Víctor Manuel Gasca Arenas, candidato de la coalición 5 de Mayo y anuló la orden de celebrar una elección extraordinaria.
En sesión pública, la magistrada presidenta Janine Otálora Malassis señaló en su ponencia que los elementos que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) consideró para retirarle el triunfo a la coalición 5 de Mayo –PRI y PVEM- en este ayuntamiento, no demuestran el uso de imágenes religiosas en la propaganda que se colocó durante el proceso electoral.
Al término de la ponencia, la magistrada mostró tres mantas en las que se veía la imagen de Gasca Arenas y una panorámica del municipio de Rafael Lara Grajales, en la cual se aprecia la cúpula de una iglesia, lo cual no representa el uso intencional de imágenes religiosas.
"En estas mantas no se advierten elementos o mensajes de tipo religioso, en tanto que en la misma se aprecia únicamente la fotografía del candidato, su lema de campaña y una imagen de fondo de la ciudad, sin que en las escenificaciones que en ellas contiene se advierta motivo religioso alguno", señaló Otálora Malassis.
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Con este fallo, la Sala Regional del Distrito Federal del TEPJF confirmó la constancia de mayoría que el 10 de julio, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) otorgó a Gasca Arenas como presidente municipal electora de Rafael Lara Grajales.
Gasca Arenas es un personaje ligado a Leobardo Soto Martínez, líder de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) en Puebla y diputado electo.
La decisión del tribunal federal se dio luego de que la coalición 5 de Mayo –PAN, PRD, Panal y CPP- interpuso el juicio de revisión constitucional SDF-JRC-164/2013, en el que se inconformaron por la sentencia que aprobó el TEEP, la cual estuvo a cargo del magistrado Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo.
Fue la alianza Puebla Unida la que se inconformó ante el órgano jurisdiccional local por el resultado de la elección del 7 de julio, el cual favoreció a Gasca Arenas y dejó en segundo lugar al aliancista Jorge Alejandro Vera Palacios.
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