Te puede interesar:
Por disturbios, Congreso elaborará Ley de Ingresos de Guadalupe ...
Sociedad
Aprueban diputados ley para regular guarderías públicas, privadas y mixtas; la propuesta cuenta con 10 capítulos y un total de 49 artículos
Por unanimidad, las Comisiones de Gobernación y Salud aprobaron la Ley de Prestaciones de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil para el Estado de Puebla, con lo cual se establecen los lineamientos bajo las que deben de operar las guarderías y los requisitos que deben cubrir los prestadores de servicios, entre los que destaca la obligatoriedad de contratar pólizas de seguros y contar con planes de protección civil.
La iniciativa del diputado Mario Riestra Piña cuenta con 10 capítulos y un total de 49 artículos en los que establecen los lineamientos de operación de las guarderías públicas, privadas y mixtas, las medidas de seguridad de los inmuebles, y las sanciones en las que se enfrentarán los titulares de los centros en caso de negarse a las inspecciones o incumplir con las medidas.
En entrevista, Gerardo Mejía Ramírez, integrante de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, precisó que habrá un Sistema Estatal, el cual estará integrado por el gobernador del estado, quien fungirá como presidente honorario; el titular de la Secretaría General de Gobierno, como presidente ejecutivo, además de los responsables de las secretarías de Desarrollo Social, Educación Pública, Salud, el DIF y la Comisión de Derechos Humanos del Estado.
Dentro de las atribuciones que tendrá el Sistema Estatal está el formular, conducir y evaluar la política estatal en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil.
Te puede interesar:
Por disturbios, Congreso elaborará Ley de Ingresos de Guadalupe ...
Los prestadores de servicios que quieran abrir un Centro de Atención deberán de informar sobre la población que se pretende atender, los servicios a ofrecer, los horarios de funcionamiento, el nombre y datos generales del o los responsables, el personal con el que se contará y su ubicación.
La fracción II del artículo 19, refiere que las guarderías o “Centro de Atención” deberán de contar con una póliza de seguro ante eventualidades que pongan en riesgo la vida y la integridad de los menores, además de que el seguro deberá cubrir la responsabilidad civil y riesgos profesionales del prestador de servicios frente a terceros como consecuencia de un hecho que cause daño.
Mejía Ramírez precisó que la ley plantea que los responsables de los Centros de Atención están obligados a contar con un reglamento interno, manuales técnicos-administrativos, manual para los padres y madres, y un programa interno de protección civil.
En cuanto a las medidas de seguridad y protección civil, el diputado del PRI indicó que se exigirá a los dueños de los inmuebles que cuenten con instalaciones hidráulicas, eléctricas, contra incendios, de gas, intercomunicación y especiales.
Te puede interesar:
Aprueban diputados 80 Leyes de Ingresos de municipios 2014
En lo respectivo al funcionamiento de las guarderías, la ley plantea que se deben definir rutas de evacuación, señalización y avisos de protección civil, además de que se realizarán simulacros.
De las infracciones y sanciones, Mejía Ramírez comentó que se considera la multa administrativa, la suspensión temporal o la revocación de la autorización para operar un centro de atención o la cancelación del registro.
La multa administrativa se impondrá en caso de impedir total o parcialmente el desarrollo de la visita por parte de los supervisores, no elaborar los alimentos o modificar la estructura del inmueble.
A la suspensión temporal se harán acreedores quienes no cuenten con el personal competente o realicen actividades con los menores fuera de la guardaría.
La revocación de la autorización y cancelación del registro se impondrá a aquellos centros en los que un menor pierda la vida o haya lesiones graves y la existencia de cualquier delito sexual acreditado al personal del centro de atención.