El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) define la revocación de mandato como una figura democrática con la que las y los ciudadanos eligen si un funcionario electo para cierto periodo continúa o no su mandato. "Es decir, se pretende darle poder al ciudadano para que califique a su representante y decida si lo mantiene en su cargo”.
El presidente López Obrador al asumir la Presidencia de la República se comprometió a que a mitad de su sexenio -que termina en 2024- se sometería su administración a esta consulta pública para que los ciudadanos evalúen lo realizado por el gobierno de México.
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Poder y voz al ciudadano en las decisiones públicas, calificando a su representante y tomando la decisión si lo mantiene en su cargo a través de la figura de la consulta popular. En 2019, el Congreso mexicano aprobó una reforma constitucional mediante la cual se creó la figura de ‘revocación de mandato’ del presidente de la República.
La pregunta es precisa y focalizada:
“¿Está usted de acuerdo en que (nombre), Presidente de los Estados Unidos Mexicano se le revoque el mandato por pérdida de confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?
Teniendo el ciudadano, la opción de responder “Que se le revoque” o “Que siga en la Presidencia”.
En ese contexto, la 4a Transformación sin duda atraviesa un proceso democrático que avanza y construye condiciones para combatir la corrupción, el abuso del poder y las viejas prácticas de gobiernos pasados.
Lo más importante, es que este Proyecto de Nación le da voz al pueblo, porque es ahí donde se genera el verdadero cambio. En esta LXV Legislatura en el Senado de la República, una prioridad es fortalecer esa participación social a través de la revocación de mandato.
Una iniciativa de Ley Federal de Revocación de Mandato para consolidar la participación directa de las y los mexicanos en la toma de decisiones, pero también para reforzar la debida rendición de cuentas.
Con la expedición de la Ley Federal de Revocación de Mandato, la LXV Legislatura refrendará su compromiso con el mandato histórico democrático de incorporar al pueblo de México en la toma de decisiones, con la premisa del pueblo pone, el pueblo quita.
De esa manera, la ciudadanía evaluará efectivamente el desempeño de un servidor público y le retirará en su caso, su apoyo electoral anteriormente dado.
Esta consulta será convocada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de la ciudadanía, en número equivalente al 3 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, correspondientes a por lo menos 17 entidades federativas. Dentro de los siguientes 30 días, luego de recibir la solicitud, el órgano electoral verificará el requisito establecido y emitirá la convocatoria al proceso para la revocación de mandato.
Es importante señalar que se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer periodo constitucional. Los ciudadanos podrán recabar firmas para la solicitud de revocación durante el mes previo a la fecha señalada, los formatos y medios para la recopilación de firmas, así como los lineamientos para las actividades relacionadas.
Confianza, transparencia y honestidad son los valores de la 4a Transformación, mismos que sustentan esta iniciativa ya que se trata de Ley reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y los ciudadanos a solicitar, participar y votar por la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
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