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Evita fraudes: así puedes dar de baja la CURP de un familiar fallecido

Protege la información de tus seres queridos tras su partida con este trámite esencial.

Evita fraudes: así puedes dar de baja la CURP de un familiar fallecido

Evita fraudes así puedes dar de baja la CURP de un familiar fallecido

Foto: consultacurp.org

La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un documento esencial que identifica a cada persona en México. Cuando su titular fallece, es fundamental darla de baja para evitar su uso indebido en fraudes, robos de identidad o suplantaciones.

De acuerdo con la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal (Renapo), el trámite puede realizarse de forma presencial en cualquiera de sus módulos distribuidos en todo el país. También puede iniciarse una baja automática si el fallecimiento se notifica formalmente ante las autoridades.

La CURP contiene datos personales sensibles, como nombre completo, fecha y lugar de nacimiento. Si no se cancela tras el fallecimiento, estos datos pueden ser utilizados en operaciones fraudulentas, desde la apertura de cuentas bancarias hasta el cobro ilegal de servicios o beneficios gubernamentales.

Para proteger la identidad del difunto y facilitar otros procedimientos legales, como la gestión de herencias, es recomendable solicitar la Constancia de Baja de CURP. Este documento acredita oficialmente que la clave ha sido cancelada.

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Requisitos para realizar el trámite

En el caso de ciudadanos mexicanos, la persona que gestione la baja deberá presentar:

  • Acta de defunción del titular de la CURP.
  • Documento con el que se generó la CURP: acta de nacimiento, certificado de nacionalidad mexicana o carta de naturalización.
  • Identificación oficial del fallecido: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar, credencial del IMSS o ISSSTE, o certificado de estudios.

Para personas extranjeras, además del acta de defunción, es necesario presentar alguno de los siguientes documentos migratorios:

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  • Documento emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM)
  • Visa Diplomática D1.
  • Visa Oficial O1 u O4.
  • Visa de Servicio S1 o S2.

¿Dónde acudir?

El trámite sólo puede realizarse de forma presencial. Para localizar el módulo de atención más cercano, se debe consultar el portal oficial del Renapo:

https://www.gob.mx/segob%7Crenapo.

Realizar este trámite no solo cumple con una obligación administrativa, también ayuda a prevenir delitos y protege el legado legal de la persona fallecida.

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