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Economía

SAT actualiza formularios de Declaración Anual 2025 para empresas

Asegura la institución que son mejoras para cumplir las obligaciones fiscales

SAT actualiza formularios de Declaración Anual 2025 para empresas

Personas realizando su declaración anual ante el SAT

Foto: Cortesía

Del 1 de enero al 31 de marzo próximo las empresas mexicanas están obligadas a presentar su Declaración Anual 2025, por ello aquí en e-consulta te contamos todo lo que debes saber al respecto.

Debes saber que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó mejoras a los formularios de la Declaración Anual de empresas para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Dentro de los formularios modificados se pueden visualizar los siguientes cambios.

En el Régimen General, dentro del apartado Gastos, se incluyó un campo denominado Devoluciones, descuentos y bonificaciones, en que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD).

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En la sección referente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada, PTU pagada, se agregó el campo PTU no deducible.

El formato de este año conserva la funcionalidad del apartado Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, con la que se agrega información de los ejercicios de 2014 a 2023.

Las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que estén en proceso de liquidación pueden encontrar en el formulario el campo Nómina deducible de periodos anteriores. Este incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación.

Dentro del apartado Gastos se agregó la sección Devoluciones, descuentos y bonificaciones, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales.

Estas funcionalidades se actualizan cada año, para que los contribuyentes visualicen la información que es administrada por el SAT. Así se facilita la identificación de algunas deducciones aplicadas y se mantiene la precarga en estados financieros.

Para realizar el envío de la declaración a través del Portal del SAT en sat.gob.mx, es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) activa.

Se recomienda estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, las declaraciones anuales del ISR de ejercicios anteriores, las declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, por honorarios, RESICO de personas físicas, los sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Las empresas deben tener servicio de banca electrónica ya que, de obtener un saldo a cargo, este debe solventarse por transferencia electrónica, a través del banco de su preferencia. (JRLM)

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