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Nación
La dependencia afirmó que mantendrá sin este beneficio al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para la gasolina Premium y diésel
Foto / Gran Angular Agencia
El Diario Oficial de la Federación (DOF) informó a través de un decreto que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) eliminó el estímulo fiscal para la gasolina Magna, esto tras el recorte que impuso a este combustible desde la semana pasada.
En este sentido, la SHCP apuntó que el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de la gasolina Premium y diésel se mantendrá sin este beneficio.
Según lo publicado en el DOF, la decisión tendrá una vigencia del 18 al 24 de mayo de 2024, es decir, a partir del fin de semana, la gasolina Magna no tendrá el apoyo del gobierno, que la semana pasada destinó un beneficio de 2.19 por ciento.
En tanto, se destacó que esta será la cuarta semana en la que el diésel no tiene este apoyo, mientras la gasolina Premium no lo recibe desde octubre de 2023.
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Actualmente, la gasolina mayor o igual a 91 octanos (Premium) tiene un impuesto de 5.21 pesos por cada litro, para gasolina menor a 91 octanos (Magna) los consumidores deben pagar un arancel de 6.17 pesos por litro, al tiempo que, para el diésel, los conductores deben pagar una tarifa de 6.78 pesos por litro.
Cabe señalar que, en México se deben pagar estos impuestos al adquirir la gasolina; sin embargo, semanalmente el Gobierno establece un estímulo basado en el cambio que se presente en las tarifas respecto a costos logísticos y precios de referencia internacional.
El estímulo fiscal son aquellos beneficios que se autorizan a por medio de un grupo de instituciones, que, a través de particulares, contribuyen recursos a un proyecto de inversión para que el total de su colaboración sea disminuido en el pago de sus impuestos sobre la renta.
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Por su parte, el IEPS es el impuesto que se paga por la venta, producción o importación de productos como alcoholes, cerveza, tabaco y gasolinas; sin embargo, es un gravamen indirecto que los usuarios no pagan directamente, sino que lo cobran a sus clientes, así que el contribuyente sólo realiza el reporte ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). (MIG)