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La Sala Superior del TEPJF exigió al órgano electoral conocer sobre el recurso que interpuso Luis Miguel Barbosa Huerta
El Instituto Electoral del Estado (IEE) atendió el emplazamiento del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y le remitió el informe circunstanciado y la documentación relacionada con el recurso que Luis Miguel Barbosa Huerta interpuso en contra del resultado de la elección a gobernador.
El Instituto Electoral del Estado informó “ haber cumplido con la substanciación y el envío del expediente identificado con la clave RI-19/18 al Tribunal Electoral Local”.
El IEE agrego que “cumple con lo dispuesto por el código comicial electoral, que en su artículo 366, establece que esta autoridad, una vez que haya integrado el expediente del recurso, deberá de remitirlo de inmediato a la autoridad jurisdiccional competente”.
La exigencia al órgano electoral, que también incluía al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), fue un acuerdo aprobado por Janine Otálora Malassis, magistrada presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
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La decisión de la magistrada del TEPJF se originó por el recurso SUP-AG-99/2018 que Juan Pablo Cortés Córdova, representante de Morena, presentó ante la omisión del IEE de tramitar el recurso de inconformidad al tribunal local.
"Se requiere al Instituto Electoral del Estado, así como al Tribunal Electoral de esa entidad, por conducto de quienes los representen, para que un plazo de veinticuatro horas, contado a partir de la notificación del presente proveído, remitan a este órgano jurisdiccional el informe circunstanciado, y demás documentación relacionada con el expediente", señala el acuerdo autorizado por Otálora Malassis.
El 11 de julio, Barbosa Huerta entregó al IEE un recurso de inconformidad en contra del resultado de la elección a gobernador y la entrega de la constancia de mayoría a Martha Erika Alonso Hidalgo.
La impugnación que el candidato de Juntos Haremos Historia presentó ante el IEE se tuvo que remitir de "inmediato" al TEEP, tal como expresa el artículo 352 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep).
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"Una vez recibido el recurso de inconformidad, los Consejeros presidentes de los Consejos Distritales y Municipales, integrarán el expediente que le corresponda en los términos que señala este código y lo remitirán de manera inmediata al Consejo General del Instituto, para que éste lo remita al Tribunal".
El jueves, Fernando Chevalier Ruanova, presidente del TEEP, confirmó que el IEE todavía no enviaba el expediente de la impugnación de Barbosa Huerta, la cual tiene hasta el 10 de octubre para resolver como lo indica el inciso a de la fracción II del artículo 373 del Coipeep.

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