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Sociedad
Los consejeros electorales consideraron que el anuncio podría contravenir la ley electoral ante una aparente adquisición de tiempos televisivos, sobreexposición de su imagen y voz
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó –por mayoría de votos- la suspensión inmediata del promocional de televisión que se difunde a nivel nacional, en el que Rafael Moreno Valle se hace promoción al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
Los consejeros consideraron que el anuncio podría contravenir la ley electoral ante una aparente adquisición de tiempos televisivos, sobreexposición de su imagen y voz, así como la probable afectación al principio de equidad en la competencia electoral que está por iniciar.
Remarcaron que ello se concluye porque Moreno Valle ha manifestado públicamente su interés por participar por la candidatura a la Presidencia de la República por el Partido Acción Nacional (PAN).
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En sesión extraordinaria urgente, con el voto a favor de la consejera Claudia Zavala y el consejero José Roberto Ruiz, y el voto en contra de Adriana Favela -quien anunció un voto particular-, la Comisión otorgó la medida cautelar solicitada por un ciudadano.
Se estimó que bajo la apariencia del “buen derecho”, la difusión del promocional podría generar una ventaja indebida a Moreno Valle frente a los demás contendientes mediante la adquisición de tiempo en televisión, aún si esta es aparentemente realizada por terceros, como la fundación Uan Naltepeu A.C., de la que al menos no existen registros en línea.
Con base en lo anterior, se ordenó a las concesionarias de televisión que difunden actualmente el spot que lo suspendan de forma inmediata, en un término que no podrá exceder las 12 horas a partir de la notificación de la determinación.
De igual forma, se vinculó a Rafael Moreno Valle para que realice todas las acciones pertinentes y suficientes para el cese de la difusión de dicho promocional.
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Como parte del mismo caso, la Comisión determinó -con el voto a favor de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, y el voto en contra del consejero José Roberto Ruiz, quien anunció un voto particular- la improcedencia de la medida cautelar solicitada para suspender la difusión del mismo promocional alojado en la página de internet opinatlcan.mx, al estimar que –a diferencia de su transmisión en televisión- el acceso a esta plataforma digital implica la voluntad de los ciudadanos para la búsqueda de dicho material y su reproducción.
El consejero José Roberto Ruiz manifestó que las características de la página de internet en que se encuentra alojado el video, implican un uso de recursos económicos y tecnológicos para la promoción específica del mismo, por lo que no se trataba de un ejercicio de libertad de expresión y, en consecuencia, la medida cautelar debía otorgarse al igual que en el caso de la difusión en televisión.
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