Martes, 19 De Mayo De 2026 | Puebla

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Anula el TEPJF elección en Colima impugnada por el PAN

Por mayoría de votos, el Tribunal revocó el triunfo del prísta José Ignacio Peralta.

Anula el TEPJF elección en Colima impugnada por el PAN

Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) anuló la elección de gobernador de Colima por la indebida e ilegal intervención de funcionarios y ordenó realizar comicios extraordinarios.

El candidato del Partido Acción Nacional (PAN) al gobierno de Colima, Jorge Luis Preciado, impugnó los resultados dados por el Instituto Electoral del Estado (IEE) en los que resultó ganador el candidato priísta, José Ignacio Peralta Sánchez.

Preciado argumentó que en los comicios del pasado 7 de junio, la elección a gobernador tuvo 299 mil 869 votos, mientras que para diputados federales acudieron a votar 298 mil 756 personas, según el cómputo oficial del Instituto Nacional Electoral (INE).

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El Magistrado de la TEPJF, Manuel González Oropeza, propuso anular la elección al Gobierno de Colima, por considerar que se acreditó la intervención ilegal del mandatario priista Mario Anguiano, a favor del candidato del tricolor José Ignacio Peralta.

Explicó que lo que le hizo cambiar de punto de vista fue una prueba presentada de última hora por el PAN, la cual llegó a las 4:45 horas de este miércoles, en la que presentaba una grabación en la que interviene el Secretario de Desarrollo Social del Gobierno estatal, Rigoberto Salazar, pidiéndole a una funcionaria "jalar" a favor del candidato priista y señalando que se trataba de una instrucción del Gobernador.

González Oropeza, dijo que “se sugiere la anulación de la elección, no porque esté viciado el proceso por sí mismo. Sino porque no tuvieron ninguna prueba de que los votos de los ciudadanos hayan sido mal habidos. Hubo un cómputo que demuestra que en la votación ganó el PRI. Sin embargo, la nulidad se da porque esta injerencia viola expresamente el artículo 59 de la Constitución, que prohíbe expresamente al gobernador o a otras personas incidir en los procesos electorales.

A su vez, la magistrada María del Carmen Alanís se pronunció por la nulidad porque había una violación clara a los principios rectores de las elecciones. Para el caso, dijo, “quedó demostrada la injerencia del gobernador al implementar un operativo a favor de un partido político en plena campaña electoral. En dicho operativo se requiere al menos a una servidora para trabajar con brigadas, apoyos y programas sociales durante el proceso electoral.

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Para los magistrados Penagos y Galván, la injerencia acreditada del secretario de Desarrollo Social no puede ser el único motivo para anular un proceso electoral, porque no hay una acreditación del impacto que pudo tener en el resultado de los comicios.

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