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Miércoles, 13 De Mayo De 2026 | Puebla

Gobierno

Empresas de seguridad podrán impugnar actos de la SGG

El proyecto del gobernador contempla la incorporación de un medio de defensa para las empresas de seguridad privada

Empresas de seguridad podrán impugnar actos de la SGG

Por unanimidad, el Congreso aprobó incorporar un medio de defensa a la Ley de Seguridad Privada, esto para evitar que los empresarios que brindan este servicio recurran al amparo en contra de la normativa.

La propuesta forma parte del paquete de ocho iniciativas que el gobernador Rafael Moreno Valle envió al poder legislativo y que se validaron al cierre del primer periodo ordinario de sesiones, este miércoles.

El proyecto ingresó el viernes pasado, se turnó a la Comisión de Seguridad Pública, órgano que en menos de 30 minutos autorizó la modificación a la Ley de Seguridad Privada, ordenamiento que hace un año también fue propuesto por el Ejecutivo y que tiene como fin regular a las empresas que brindan el servicio de vigilancia.

La iniciativa enviada por Moreno Valle adiciona un capítulo III al Título Sexto y los artículos 43 a 49 de la normatividad referida.

Al incluir el medio de defensa, en este caso el “recurso de revocación”, los permisionarios de las empresas de protección privada, podrán inconformarse por las observaciones hechas por la Secretaría General de Gobierno (SGG), dependencia que regula su funcionamiento.

Dentro de los argumentos señalados por la administración estatal para permitir la defensa de los particulares, es que los prestadores del servicio no tenían la posibilidad de impugnar los actos reclamados por la autoridad, en este caso la SGG.

Al permitir el recurso de revocación, las empresas de seguridad privada podrán solventar las irregularidades detectadas por la SGG, y de esta manera evitar que se les retire el permiso de funcionamiento.

El procedimiento para recurrir al recurso de revocación, es que una vez que los permisionarios sean notificados de las anomalías detectadas, contarán con un plazo de cinco días para que por escrito hagan valer el medio de defensa, y la contestación del mismo lo dará la SGG en un periodo de 30 días.