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Miércoles, 13 De Mayo De 2026 | Puebla

Sociedad

Sólo dinero no repara daño en Chalchihuapan: Centro ProDH

Señalan la necesidad de incluir rehabilitación física y sicológica de por vida, disculpas públicas, becas u otros apoyos

Sólo dinero no repara daño en Chalchihuapan: Centro ProDH

La reparación del daño por violaciones de derechos humanos en Chalchihuapan no sólo consiste en dar dinero, sino incluir medidas de rehabilitación física y sicológica de por vida, disculpas públicas, becas u otros apoyos, apuntó Luis Eluid Tapia Olivares, abogado del Centro de Derechos Humanos "Miguel Agustín Pro".

El 9 de julio de 2014 manifestantes fueron desalojados de forma violenta de la autopista Puebla-Atlixco por la policía estatal y en el operativo resultó herido de muerte el niño José Luis Tehuatlie Tamayo, además de que otras 30 personas resultaron lesionadas.

Por esos hechos la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió el 11 de septiembre la recomendación 2VG/2014, donde se hicieron once recomendaciones al gobierno estatal.

La madre del menor que falleció por el impacto de una lata de gas lacrimógeno en San Bernardino Chalchihuapan, Elia Tamayo Montes, refirió poco antes del informe del gobernador Rafael Moreno Valle Rosas que hasta ese momento no había recibido ninguna clase de reparación del daño.

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Esto a pesar de que el gobierno poblano manifestó que ya había dado cumplimiento con las recomendaciones de la CNDH, ya que el 17 de octubre efectuó un acto de disculpas públicas aunque no asistieron los afectados y ese mismo día se les iba a dar a conocer el procedimiento para el pago del fideicomiso, mismo que equivale a 4 millones de pesos.

La reparación del daño es más amplia

Cuestionado sobre cómo tiene que ser la reparación del daño, el abogado del Centro ProDH indicó que "más allá de las cantidades económicas, es importante poner atención en el concepto de reparación integral del daño que es amplio y que abarca varias medidas partiendo de la base de que es imposible regresar la situación al momento previo a la violación a derechos humanos, el objetivo de la reparación es al menos paliar los efectos de dicha violación".

De acuerdo con los parámetros de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ha sido recogida en México por la Ley General de Víctimas, la reparación del daño consiste en diversos puntos, como investigar y sancionar a los responsables de las violaciones a derechos humanos.

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Además de las "medidas de satisfacción", que pueden ser unas disculpas públicas, difusión de las sentencias y recomendaciones en medios impresos o sitios web, así como becas para las víctimas, apoyos para una vivienda o proyecto productivo.

El defensor de derechos humanos dijo que también se tienen que contemplar medidas de rehabilitación, es decir, atención médica y psicológica vitalicia, aparte de las medidas de no repetición, como son cursos o legislación para que no se reincida en las violaciones.

El dinero es sólo una parte

Con respecto a la compensación, Tapia Olivares sostuvo que en ese rubro sí hay una parte económica, misma que se divide en lucro cesante y daño emergente.

El lucro cesante, según la CIDH, se considera como el ingreso que las familias de las víctimas, así como las víctimas sobrevivientes, podrían haber percibido durante la vida de la persona hoy muerta, así como los ingresos que las víctimas sobrevivientes dejaron de percibir con motivo de estos hechos.

Mientras que el daño emergente son los gastos en que incurrieron los familiares de las víctimas, así como los sobrevivientes, como consecuencia directa de los hechos.

La Ley General de Víctimas considera que la autoridad responsable debe resarcir los daños ocasionados pagando salarios o percepciones correspondientes si se generó alguna incapacidad, así como cubrir los gastos de asesoría jurídica de las víctimas, los tratamientos médicos y sicológicos. Además de los gastos de transporte, alojamiento y alimentación que ocasione a las víctimas trasladarse al lugar del juicio.

El dinero para la reparación del daño no debe descontarse de la compensación, misma que debe ser de manera proporcional a la violación sufrida, buscando "reconocer y restablecer la dignidad de las víctimas".

Cabe mencionar que la CNDH informó que el monto que tiene contemplado el gobierno estatal para la reparación del daño de las 14 personas incluidas en la recomendación 2VG/2014 es de 4 millones de pesos, es decir, poco más de 285 mil pesos por persona en promedio, aunque son distintas las afectaciones para cada víctima.

El especialista consideró que “las víctimas del caso deben consultar con el gobierno de Puebla con base en qué legislación y bajo qué criterios se están definiendo esas cantidades que ofrecen, pero también deben buscar acordar una propuesta de reparación que incluya los otros rubros para evitar que las autoridades entreguen un monto económico y después quieran cerrar el proceso de reparación".