Invalida la Corte tres artículos del Código Penal de Jalisco
Por La Jornada | Martes, Agosto 20, 2019
Eduardo Murillo/La Jornada
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inválidos tres artículos del Código Penal de Jalisco que castigaban a quienes manejaran un vehículo bajo los efectos del alcohol o alguna droga, cuando cometieran “otra infracción a la normatividad en materia de tránsito y transporte”.
El Pleno de Ministros consideró que las normas invalidadas violaban el principio de taxatividad, es decir, que no eran suficientemente claras y hacían depender una sanción penal de una infracción de tránsito, que puede ser de carácter meramente administrativo.
La SCJN consideró que las leyes y reglamentos en materia de movilidad y transporte no pueden hacerse valer por la vía penal, a menos que lesionen directamente algún bien jurídico, en cuyo caso tendría que fundamentarse formalmente la existencia de un delito.
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