Ordenan al SAT hacer pública lista de perdón de adeudos fiscales

Por La Jornada | Miércoles, Marzo 8, 2017

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá hacer pública toda la información sobre las condonaciones y cancelación de adeudos fiscales que ha otorgado entre 2007 y 2015, determinó el 16 tribunal colegiado de circuito de la Ciudad de México, tras un largo litigio de 18 meses.

Con ello, se abre la puerta para la transparencia en algunos de los asuntos fiscales, según consideró la organización Fundar, Centro de Análisis e Investigación AC, promotora de la solicitud de acceso a la información que dio pauta al proceso legal.

Es el primer revés que recibe el SAT, instancia que en más de 32 ocasiones se ha negado a acatar las resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ante solicitudes de información.

Sin embargo, en el litigio relacionado con el expediente INAI RDA 5354/15, lo anterior se revirtió tras la promoción de un amparo de Fundar, que argumentaba violación al derecho de acceso a la información.

En días pasados, el citado tribunal instruyó al SAT para que en la información pública se incluya el nombre de la empresa, el registro federal de causantes y el monto con el que fueron beneficiadas las personas físicas y morales a quienes se perdonaron y cancelaron adeudos fiscales (impuestos, multas y otros conceptos) entre el primero de enero de 2007 y el 4 de mayo de 2015.

‘‘Tan sólo en siete años (a partir de 2007), gracias a diversos programas de amnistía que fueron aprobados por el Poder Legislativo, 15 contribuyentes recibieron el perdón de sus adeudos fiscales por más de 46 mil millones de pesos’’, sostiene Fundar.

Para la organización, el fallo del tribunal federal ‘‘sienta un precedente muy importante a favor de la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas en el país, pues, además de ordenar al SAT la entrega de información que durante muchos años ha mantenido en la opacidad, confirma que ninguna autoridad puede incumplir las resoluciones del Inai’’.

http://www.jornada.unam.mx/2017/03/08/politica/003n1pol