Desecha el Tribunal electoral recursos de Rafael Micalco contra Genoveva Huerta

Por Intolerancia | Domingo, Febrero 17, 2019

El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEEP) desechó los recursos interpuestos por Rafael Micalco Méndez por la designación de la presidenta estatal del Partido Acción Nacional, Genoveva Huerta Villegas, al considerar que eran improcedentes al quedar sin materia el procedimiento de la causal, una vez que la elección fue consumada.

Durante la sesión del sábado, los magistrados desahogaron los expedientes TEEP-A-094/2018 y TEEP-A-095/2018: Promovidos por el ciudadano Rafael Alejandro Micalco Méndez, en contra de las presuntas omisiones de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional, respecto de resolver los Juicios de Inconformidad CJ/JIN/276/2018 y CJ/JIN/285/2018, derivados de los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano SCM-JDC-1222/2018 y SCM-JDC-1227/2018, respectivamente por la designación de la dirigencia.

En su ponencia, el magistrado Adrián Rodríguez Perdomo indicó que el acto impugnado ha quedado sin materia, lo que imposibilita el pronunciamiento por parte de este órgano jurisdiccional.

“Sirve de sustento la jurisprudencia 34/2002, bajo el rubro: “improcedencia. El mero hecho de quedar sin materia el procedimiento actualiza la causal”.

Explicó que de los escritos iniciales de los recursos se advierte que el planteamiento fundamental, de la queja expuesta por el actor consiste en la supuesta omisión por parte de la Comisión de Justicia, en resolver los Juicio de Inconformidad CJ/JIN/276/2018 y CJ/JIN/285/2018, respecto a la elección y declaración de validez de la ciudadana Genoveva Huerta Villegas como presidenta del Comité Directivo Estatal de Puebla del Partido Acción Nacional y sus miembros, así como en lo referente a las providencias emitidas por el Presidente Nacional, con relación a la ratificación de la elección de Presidente, Secretaria General y siete integrantes del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de Puebla, no procedía ya que él hecho había sido consumado.

La queja

En noviembre de 2018, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación admitió el recurso de Rafael Micalco Méndez por designación de Genoveva Huerta Villegas como presidente estatal del Partido Acción Nacional, al asegurar que fueron violentados sus derechos político electorales.

Expuso que, a pesar de la resolución del Comité Ejecutivo Nacional para que le fuera entregada la carta de salvedad de derechos por parte del Comité Municipal en la capital, que encabeza Pablo Rodríguez Regordosa, nunca fue obtenida.

Micalco Méndez explicó que se trataba de un juicio para la protección de sus derechos político electorales,impugnando que el Consejo Estatal del PAN haya efectuado la designación en la sesión del pasado 31 de octubre, dejando sin oportunidad de participar en el proceso para la renovación de la dirigencia a él y otros interesados.

Señaló que el recurso fue ingresado con la clave SCM-JDC-1222/2018 de la Sala Regional Ciudad de México del citado tribunal.

El panista puntualizó en ese momento: "vamos por una nueva convocatoria que se emita una vez que tengamos nuevo Comité Ejecutivo Nacional y que el litigio de la Gubernatura haya concluido, dado que el actual presidente del Estatal ha roto las condiciones de equidad y transparencia mínimas que deben existir en una contienda interna”.

Comentó que solicitó la suspensión de la renovación de la dirigencia en Puebla y la reposición del proceso hasta después que se haya elegido al presidente nacional del PAN y existan condiciones de equidad para los aspirantes.

Recordó que la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional declaró fundada su queja interpuesta en contra del Comité Directivo Municipal de Puebla debido a que le fue negada su carta de salvedad de derechos, por lo que ordenó que a la brevedad se le entregue este documento.

Señaló que esta carta sería presentada por el panista para su registro, pues es parte de los requisitos, el cual por cierto le fue negado por la Comisión Organizadora Electoral (COE), pues cuando acudió a registrarse, argumentó que no había quién lo recibiera y tampoco estaban los sellos.

Rafael Micalco reiteró que  mantenía a salvo sus derechos partidistas y podía participar como candidato a dirigir al instituto político, por lo que ante esta irregularidad cometida por las direcciones del PAN en Puebla emprendería una nueva acción jurídica.