El SAT podría entrar a su casa y llevarse hasta sus muebles

Por Sin Embargo | Jueves, Octubre 8, 2015

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso por segunda ocasión el proyecto de sentencia que elaboró el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea respecto a un amparo que promovió una empresa que podría abrir paso a equipar las visitas domiciliarias, administrativas o fiscales con cateos penales, una acción que vulneraría los derechos humanos de los ciudadanos, aseguraron especialistas.

Rodrigo Muñoz, profesor y abogado fiscalista de la Universidad Iberoamericana, dijo que la incautación de bienes en las visitas domiciliarias es exclusivamente facultad de las autoridades penales y no de las administrativas, por lo que “pretender ampliar a todo lo que implica un cateo como tal, sería totalmente improcedente y violatorio”.

Por su parte, Clara Elena Valladares, profesora investigadora de Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), Unidad Iztapalapa, afirmó que “evidentemente sí se estarían violando los derechos humanos y tendríamos que acudir a otras instancias para pedir esa protección porque finalmente no se han hecho cambios en la Secretaría de Hacienda que permitan por visita domiciliaria realizar algún tipo de embargo”.

La alerta de que las auditorías fiscales podrían ser equiparadas con cateos judiciales comenzó luego de que se diera a conocer que el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea respondió con un proyecto de sentencia al amparo interpuesto por la empresa importadora de acero Válvulas Worcester tras la visita domiciliaria por parte de agentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) donde supuestamente se sustrajeron bienes de la compañía durante la revisión del pago de impuestos aduaneros.

Sin embargo, los fiscalistas sostienen que lo anterior contradice la Reforma Constitucional de 2011 donde se estableció que las autoridades están obligadas a promover, respetar y proteger los derechos humanos.

El académico de la Ibero explicó que por principio constitucional el domicilio de cada persona es inviolable, sin embargo detalló que hay excepciones en la Constitución que así lo demandan como es el caso de los cateos que realizan las fuerzas policiales “pero éstos sólo se dan en materia penal mientras que las visitas domiciliarias que realizan los órganos administrativos tienen limitantes”. les.

Detalló que en todo caso si hay indicios de que existen otro tipo de aspectos a verificar por parte de la Comisión de Delitos, sigue siendo materia penal y no responsabilidad del fisco.

PETICIÓN EN CHANGE.ORG

Luego de que el caso se diera conocer, el ciudadano Rafael Rodríguez subió a la plataforma Change.org una petición dirigida a la SCJN para que no aprueba la equiparación entre cateo y visita domiciliaria.

En la petición que hasta el momento recaudó 425 firmas se explica que “un cateo es: un registro y allanamiento de un domicilio particular por la autoridad, con el propósito de buscar personas u objetos relacionados con la investigación de un delito”, mientras que una visita domiciliaria es “atribución de las autoridades administrativas, ejercitable a efecto de comprobar la situación legal de los administrados respecto al cumplimiento de ordenamientos administrativos o fiscales”. que pueda, nosotros incluidos”.

Al respecto, los firmantes de la petición argumentaron que dicha acción se trata de “terrorismo fiscal”, “viola la privacidad de las personas”, “es una violación a los derechos humanos”.

http://www.sinembargo.mx/07-10-2015/1511458